InicioJusticiaOSCAR UCEDA MÁRQUEZ, co

Concurso de acreedores

OSCAR UCEDA MÁRQUEZ, co

CIF N43714596Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
105/02/202005/02/2020
Procedimiento
682/2019

Cronología del expediente

  1. Declaración de concurso05/02/2020
    ⚖️ LLEIDAProc. 682/2019Auto 20/01/2020

    Antoni Josep Casas Capdevila, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº. 6 de Lleida (Mercantil) al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial, Hago saber: Número de asunto. Concurso consecutivo 682/2019 Sección: / NIG: 2512047120198034517 Fecha del auto de declaración. 20 de enero de 2020. Clase de concurso. Voluntario, abreviado y consecutivo. Entidad concursada. OSCAR UCEDA MÁRQUEZ, con 43714596Z. Administradores concursales. Se ha designado como Administrador concursal a don Jaume Ribes Godia. Dirección postal: Avenida Prat de la Riba nº 9, 1º. Altell 25006, Lleida. Dirección electrónica: [email protected] Régimen de las facultades del concursado. SUSPENDIDAS. Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la Administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 85 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un MES a contar desde la publicación. La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Edificio Canyeret 3-5, Planta 3ª. Lleida. Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Abogado (art. 184.3 LC). La personación se debe realizar en esta Oficina judicial. Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es Lleida, 28 de enero de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, Antoni Josep Casas Capdevila.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.