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Concurso de acreedores

ORMECORT SL EN LIQUIDACION

CIF B12311809Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
807/02/202121/09/2022
Procedimiento
000284/2020 · 284/2020
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CASTELLO DE LA PLANA · MERCANTIL - 1

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal21/09/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CASTELLO DE LA PLANA Proc. 000284/2020Juez : MARTA ARAGON ARRIOLAAuto 04/05/2022

    Auto de declaración de concurso de acreedores

  2. Otro acto concursal21/09/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CASTELLO DE LA PLANA Proc. 000284/2020Juez : FLORENCIO MOLINA LOPEZAuto 04/05/2022

    ARTICULO 648 LC

  3. Otro acto concursal30/05/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CASTELLO DE LA PLANA Proc. 000284/2020Juez : Miguel Angel ChamorroAuto 10/09/2020

    CARLOS ALEJANDRO BELLINA MONTOYA con domicilio: 08027-Barcelona (BARCELONA), Avda. Meridiana, 244, 7º 3ª y DNI: 26.631.925-H en situación de concurso consecutivo con todos los efectos legales inherentes a tal declaración

  4. Apertura de liquidación30/05/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CASTELLO DE LA PLANA Proc. 000284/2020Juez : MARIA ISABEL LOPEZ MONTAÑEZAuto 10/09/2020

    DECLARACION CONCURSO CONSECUTIVO

  5. Otro acto concursal30/05/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CASTELLO DE LA PLANA Proc. 000284/2020Juez : ANA GONZALEZ CARRILAuto 28/09/2020

    ADJUNTO REMITO EDICTO COMUNICACND INICIO DE NEGOCIACIONES PARA LLEGAR A ACUERDO DE REFINANCIACION Y/O PARA OBTENER ADESIONES A POSIBLE CONVENIO

  6. Declaración de concurso30/05/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CASTELLO DE LA PLANA Proc. 000284/2020Juez : Miguel Angel ChamorroAuto 10/09/2020

    Debo declarar y declaro al deudor/a de Don MARTÍ SISTANÉ ROLUY, con documento Nacional de Identidad número 47.103.054-C y con domicilio en Barcelona, C/ Joncar, 19, 4º-2ªB, en situación de concurso consecutivo con todos los efectos legales

  7. Apertura de liquidación09/02/2021
    ⚖️ CASTELLÓN DE LA PLANAProc. 284/2020Auto 17/11/2020

    Doña M.ª de las Mercedes Checa Moya. Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. uno de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 1 y ss TRLC, hago saber: Primero: Que por Auto de fecha 10 septiembre de 2020, dictado en el procedimiento de concurso abreviado [CNA], n.º 284/2020, N.I.G. n.º 12040-66-1-2020-0000323, seguido en este Juzgado, se ha declarado en concurso voluntario y abreviado al deudor "Ormecort, S.L.", domiciliado en Vall D' Uixó (Castellón), C./ Vicente J. Creixat, 4, y C.I.F/D.N.I. número B12311809. Segundo: Que se ha determinado el régimen de Suspensión de las facultades de administración y disposición de su patrimonio por el concursado. Tercero: Que se ha designado como Administrador Concursal a D. Gonzalo Izquierdo Busteros, con domicilio en CL/ En Medio, n.° 23, y dirección electrónica [email protected], a través de los cuales podrán los acreedores, a su elección, efectuar la comunicación de sus créditos, de conformidad con el artículo 2 y ss TRLC. Cuarto: Que el plazo para comunicar los créditos a la administración concursal será de un mes a contar desde el siguiente a la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado. Quinto: La comparecencia en el procedimiento, mediante escrito al efecto dirigido a este Juzgado, deberá realizarse mediante representación por Procurador/a y asistencia de Letrado/a, sin perjuicio de lo previsto para la representación y defensa de los trabajadores y de las Administraciones Públicas. Sexto: Se procede asimismo a la apertura de la fase de liquidación, a tramitar conforme a los artículos 415 y siguientes del TRLC. Como consecuencia de la apertura de la liquidación, se producen los efectos previstos por ministerio de la Ley. En particular: queda disuelta la entidad deudora, si no estuviere acordada tal disolución, cesando sus administradores sociales o liquidadoras, que serán sustituidos por la administración concursal nombrada; se declaran vencidos los créditos concursales aplazados convirtiéndose en dinero de los que consistan en otras prestaciones; y se aplicarán las normas contenidas en el Título III del TRLC, en cuanto no se opongan a las específicas contenidas en el Capítulo 1 del Título VII, sobre la fase de liquidación, artículos 406 y siguientes del TRLC. Castellón, 17 de noviembre de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, M.ª de las Mercedes Checa Moya.

  8. Declaración de concurso07/02/2021
    ⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 284/2020Juez : LAJ Maria de las Mercedes Checa MoyaAuto 10/09/2020

    Dictado auto de declaración de concurso de la sociedad, acordando al propio tiempo a la apertura de la fase de liquidación.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.