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Concurso de acreedores

ORGANIC ADVANCED COMPANY SL

CIF B64804644Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
229/10/201614/12/2017
Procedimiento
592/2016
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 9 de Barcelona
Administración concursal
Canals-Conde-Escalza, S.L.P

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso14/12/2017
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 9 de BarcelonaProc. 592/2016Auto 02/11/2017

    Don Francesc Xavier Rafi Roig, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 9 de Barcelona, Hago saber: Que en el Concurso abreviado 592/2016 se dictó un Auto de fecha 2 de noviembre de 2017 por el que se ha declarado la conclusión del concurso de ORGANIC ADVANCED COMPANY, S.L., con CIF B64804644 con domicilio en c/ Llull, 51, 6.º 3.ª de Barcelona (08005), por insuficiencia de masa activa. Barcelona, 1 de diciembre de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.

  2. Declaración de concurso29/10/2016
    ⚖️ BARCELONAProc. 592/2016Auto 14/10/2016

    Don Francesc Xavier Rafí Roig, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 9 de Barcelona, expido el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este Juzgado: Número de asunto: Concurso 592/2016, Sección C4. Fecha del auto de declaración: 28/09/2016. Clase de concurso: Voluntario abreviado con liquidación. Entidad concursada: Organic Advanced Company, S.L., con domicilio en C/ Lluill, n.º 51, 6.º 3.ª, CIF B64804644, e inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona, tomo 40414, folio 9, hoja número B367494. Administradores concursales: Canals-Conde-Escalza, S.L.P. Recepción de créditos en: - Dirección postal: Barcelona, Rambla de Catalunya, 49-51, tercero, segunda, con tel. 93-4881690 y fax 934879162. - Dirección electrónica: [email protected] Régimen de las facultades del concursado: Suspendidas. Registro público de declaraciones concursales: www.publicidadconcursal.es Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de las concursadas deberán poner en conocimiento de la administración concursal a través de su dirección postal o electrónica antes señaladas la existencia de sus créditos desde el día siguiente de la fecha del auto de declaración del concurso hasta un plazo máximo de un mes posterior a la fecha de la publicación en el BOE. Personación en las actuaciones: Los acreedores pueden personarse mediante Abogado y Procurador. La personación se deberá realizar ante la Unidad de Apoyo Concursal de los Juzgados Mercantiles de Barcelona (Gran Via de les Corts Catalanes, 111, edifico C, planta 13, 08014 Barcelona). Barcelona, 14 de octubre de 2016.- Letrado de la Administración de Justicia.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.