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Concurso de acreedores

OPTIMIZACION DE ESTRUCTURAS EMPRESARIALES SL

CIF B86647583Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
121/01/201621/01/2016
Procedimiento
972/2015
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid

Cronología del expediente

  1. Apertura de liquidación21/01/2016
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de MadridProc. 972/2015Auto 11/01/2016

    Edicto D.ª María Dolores Sánchez Franco, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), hace saber: 1.- Que en el concurso abreviado 972/2015, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2015/0265615, por auto de fecha 11/01/2016, se ha declarado en concurso voluntario, que se tramitará por el procedimiento abreviado, a OPTIMIZACIÓN DE ESTRUCTURAS EMPRESARIALES, S.L., con n.º de identificación B86647583, y domiciliado en Avenida General Fanjul, n.º 8, 28044 Madrid. 2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 3.- Que el deudor queda suspendido en sus facultades de administración y disposición de su patrimonio, sustituido por la Administración concursal. 4.- La identidad de la Administración concursal es D. Ángel Pedro Díaz Cano, con domicilio postal en C/ Rodríguez San Pedro, n.º 66, 28015 Madrid, y dirección electrónica [email protected], ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones. 5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es 7.- Que el concursado ha solicitado la Liquidación de su patrimonio. y se ha procedido a la apertura de la fase de Liquidación del concurso en los términos previstos en el artículo 191 ter de la LC. Madrid, 11 de enero de 2016.- Letrada de la Administración de Justicia.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.