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Concurso de acreedores

OPTICA HURTADO SL

CIF B96230677Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
223/06/200922/05/2014
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso22/05/2014
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de ValenciaAuto 22/04/2014

    Don Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia, por el presente, Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de concurso abreviado -000310/2008- voluntario, de la deudora concursada ÓPTICA HURTADO, SL, con CIF n.° B-96230677, con domicilio en la Calle Caballeros, 15, Valencia, en cuyo seno se ha dictado auto de fecha veintidós de abril de dos mil catorce por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez, por el que se ha acordado haber lugar a la conclusión del concurso por inexistencia de bienes y al archivo de las actuaciones, habiéndose declarado la extinción de la mercantil mencionada y el cierre de la hoja de su inscripción en los Registros Públicos que corresponda. El deudor queda responsable del pago de los créditos restantes y los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares. en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso (art. 178 de la LC.) Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para conocimiento de los acreedores y demás interesados. Valencia, 22 de abril de 2014.- El Secretario judicial.

  2. Apertura de liquidación23/06/2009
    ⚖️ VALENCIA.Auto 09/06/2009

    Don Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Valencia, Por el presente, hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento concursal abreviado 310/08 voluntario, de la deudora concursada Óptica Hurtado, S.L., con CIF B-96230677, con domicilio en calle Caballeros, 15, Valencia, en cuyo seno se ha dictado auto de fecha 9 de junio de 2009 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez, por el que se ha procedido a la apertura de la fase de liquidación en el presente concurso, habiéndose acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio de la empresa concursada con los efectos previstos en el Título III de la Ley Concursal, la disolución de la mercantil y el cese de los administradores o liquidadores que serán sustituidos por el administrador concursal, así como el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquéllos que consistan en otras prestaciones, dándole a dicha resolución la publicidad acordada en la misma conforme al artículo 144 Ley Concursal, y disponiendo de un plazo de diez días desde la publicación ordenada en el BOE para que cualquier acreedor o persona con interés legítimo pueda personarse en debida forma, por escrito, en la Sección 6.ª de califiación del concurso a los efectos previstos en el artículo 168 Ley Concursal. Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para conocimiento de los acreedores y demás interesados. Valencia, 9 de junio de 2009.- El Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.