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Concurso de acreedores

OPTALIA GROUP INVEST SL

CIF B64268121Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
201/02/201421/04/2016
Procedimiento
936/2013
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso21/04/2016
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de BarcelonaProc. 936/2013Auto 11/04/2016

    Don Francisco Velasco García-Plata, Letrado de la Administración de Justicia sustituto del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona, Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 936/2013, en el que se ha dictado Auto de archivo del procedimiento por insuficiencia de masa activa de la entidad Optalia Group Invest, S.L.U., con CIF número B64268121, y ordenando darle publicidad con los siguientes datos: Número de asunto: Concurso voluntario 93612013 Sección C2. NIG del procedimiento: 08019-47- 1 -2013- 8004344. Entidad concursada: Optalia Group Invest, S.L.U., con CIF número B64268121. Tipo de concurso: Voluntario. Fecha del Auto de conclusión: 11 de abril de 2016. Barcelona, 11 de abril de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia sustituto.

  2. Declaración de concurso01/02/2014
    ⚖️ BARCELONAAuto 09/01/2014

    Doña Natalia Ramos Lain, secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Barcelona. Hago saber: Que en dicho juzgado se tramita el proceso concursal 936/13, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad Optalia Group Invest, S.L.U. y ordenando darle publicidad con los siguientes datos: Número de asunto.- concurso voluntario 936/13 sección C2. Nig del procedimiento.- 0801947120138004344. Entidad concursada.- Optalia Group Invest S.L.U. con CIF número B64268121 y domicilio en Calle Encarnació 58-60, entresuelo 4.ª, Barcelona. Tipo de concurso.- voluntario. Fecha del auto de declaración.- 9 de enero de 2014. Administrador concursal.- Manuel Bonilla Hidalgo, con domicilio social en calle Diagonal, 520, bajos, 6.ª, 08006 Barcelona, teléfono número 933623123, fax número 934146602 y correo electrónico: [email protected] Facultades del cocnursado.- intervenido. Forma de personación.- los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al artículo 85 ley concursal.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración Concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración Concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta secretaria judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse. Barcelona, 16 de enero de 2014.- La Secretaria Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.