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Concurso de acreedores

OPENZIP SL

CIF B27741784Ver la ficha de la empresa →

Activo 2.158.276 €
Publicaciones
13 — 22/04/2021 → 29/09/2026
Procedimiento
0000062/2021 · 000062/2021 · 62/2021
Juzgado
SECCIÓN DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE VIGO N.º 3 · JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE PONTEVEDRA · MERCANTIL - 3 · Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Pontevedra

Cronología del expediente

  1. Apertura de liquidación29/09/2026
    ⚖️ SECCIÓN DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE VIGO N.º 3Proc. 0000062/2021Juez : ANA MARIA PEREZ MOSTEIROAuto 14/09/2026

    Se acuerda abrir la fase de liquidación de la entidad OPENZIP, SL, titular del CIF B-27.741.784, e inscrita en el Registro Mercantil de Pontevedra al Tomo 3.627, Folio 102, Hoja PO-49.546

  2. Otro acto concursal22/09/2026
    ⚖️ SECCIÓN DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE VIGO N.º 3Proc. 000062/2021Juez : Maria Luisa Sanchez GarridoAuto 14/09/2026

    Se acuerda abrir la fase de liquidación de la entidad OPENZIP, SL, titular del CIF B-27.741.784 La concursada pasará a designarse OPENZIP, SL, en liquidación

  3. Convenio de acreedores11/06/2026
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE PONTEVEDRAProc. 62/2021Juez : EVA ALBA PULIDOAuto 01/09/2022

    se declara el concurso consecutivo de carácter abreviado y voluntario de D. Ouadie Benkirane con nie x3762374b

  4. Otro acto concursal03/06/2026
    ⚖️ SECCIÓN DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE VIGO N.º 3Proc. 0000062/2021Juez : MARIA LUISA SANCHEZ GARRIDOAuto 28/05/2026

    Incidente concursal

  5. Otro acto concursal18/11/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE PONTEVEDRAProc. 62/2021Juez : EDUARDO GÓMEZ LÓPEZAuto 01/09/2022

    Aprueba plan de liquidación con autorización de venta de unidad productiva

  6. Otro acto concursal22/06/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE PONTEVEDRA Proc. 62/2021Auto 12/04/2021

    Nombramiento de Administrador concursal

  7. Otro acto concursal22/06/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE PONTEVEDRA Proc. 62/2021Auto 12/04/2021

    Resolución sobre las facultades de administración

  8. Declaración de concurso22/06/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE PONTEVEDRA Proc. 62/2021Auto 12/04/2021

    Auto de declaración de concurso

  9. Otro acto concursal22/06/2021
    ⚖️ MERCANTIL - 3Proc. 62/2021Juez : MARIA LUISA SANCHEZ GARRIDOAuto 21/06/2021

    plazo de diez días, computado desde la publicación de este edicto en el Registro Público Concursal, los interesados podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial

  10. Otro acto concursal22/06/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE PONTEVEDRA Proc. 62/2021Auto 12/04/2021

    Resolución sobre las facultades de administración

  11. Declaración de concurso22/06/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE PONTEVEDRA Proc. 62/2021Auto 12/04/2021

    Auto de declaración de concurso

  12. Otro acto concursal15/06/2021
    ⚖️ MERCANTIL - 3Proc. 0000062/2021Juez : ENRIQUETA SANMARTIN CARBONAuto 14/06/2021

    INFORME DE LA ADMINISTRACIÓN CONCURSAL ART. 292 TRLC ¿OPENZIP, S.L.¿ CONCURSO VOLUNTARIO 62/2021 INFORME Administración Concursal

  13. Declaración de concurso22/04/2021
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de PontevedraProc. 62/2021Auto 12/04/2021

    Edicto Doña María Luisa Sánchez Garrido, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Pontevedra, con sede en Vigo, Hago saber: Que en la sección I declaración concurso 62/2021, con N.I.G. 36038 47 1 2020 0300981, y seguida en este juzgado, se ha dictado con fecha 12 de abril de 2021 auto acordando lo siguiente: 1.º Declarar el concurso voluntario abreviado a Openzip, S.L., con CIF B-27.741.784, cuyo centro de intereses principales lo tiene en la calle de Casiano Martínez, n.º 34, bajo, Bouzas, código postal 36.208 de Vigo (Pontevedra). 2.º Indicar que el deudor no ha solicitado la liquidación de su patrimonio. 3.º La intervención de las facultades de administración y disposición de la concursada sobre su patrimonio, mediante la autorización o conformidad de la administración concursal. 4.º La administración concursal designada está integrada por el economista D. César Enrique Martínez Gómez, con DNI núm. 35.287.952-M-, y domicilio a efectos de notificaciones en la calle Marqués de Riestra, n.º 24, 1.º derecha, código postal 36.001, de Pontevedra, teléfono 986.89.66.06 y correo electrónico [email protected]. 5.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en los artículos 255,256 y 257 del TRLC. Dicha comunicación deberá dirigirse a la administración concursal, en su dirección electrónica, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el boletín oficial del estado, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos y que expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, acompañándose copias del título o de los documentos relativos al crédito. 6.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 512 del TRLC). 7.º De conformidad con el artículo 552 de la Ley Concursal, la dirección electrónica del registro público concursal que traigan causa del concurso es la siguiente: www.publicidadconcursal.es. Vigo, 12 de abril de 2021.- Letrada Administración de Justicia, María Luisa Sánchez Garrido.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.