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Concurso de acreedores

ONEXIT IDATEC SOCIEDAD LIMITADA

CIF B95553376Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
204/10/201224/06/2017
Procedimiento
688/2012

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso24/06/2017
    ⚖️ BILBAOAuto 14/06/2017

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao (Bizkaia), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: Primero. Que en el procedimiento número 688/12 se ha declarado la conclusión del concurso voluntario del deudor Onexit Idatec, S.L., con NIF. B95553376 cuya parte dispositiva dice literalmente lo siguiente: Parte dispositiva Primero. Se declara concluso el procedimiento concursal número 688/12 referente al deudor Onexit Idatec, S.L., con NIF B95553376, por insuficiencia de la masa activa para el pago de los créditos contra la masa y se acuerda el archivo de las actuaciones. Segundo. Se acuerda el cese de las limitaciones de administración y disposición del deudor que estuvieren subsistentes. Tercero. Se declara que el deudor Onexit Idatec, S.L., queda responsable del pago a sus acreedores de la parte de sus créditos no satisfecha. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o se declare nuevo concurso. Para tales ejecuciones la inclusión de su crédito en la lista definitiva de acreedores se equipara a una sentencia de condena firme. Cuarto. Se acuerda la extinción de la persona jurídica deudora, procediendo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de Bizkaia a cuyo efecto se expedirá mandamiento al citado Registro. Quinto. Líbrense mandamientos de cancelación de la inscripción de concurso a los Registros en los que se inscribió dicha declaración. Sexto. Anúnciese la resolución en el Boletín Oficial del Estado y en el Registro Público concursal. La publicación tendrá carácter gratuito por insuficiencia de bienes y derechos de la masa activa. Séptimo. Si dentro del plazo de cinco años aparecieren nuevos bienes o derechos del deudor, se procederá conforme a lo dispuesto en el artículo 179 y siguientes de la LC. Octavo. Comuníquese la conclusión del concurso a los órganos judiciales administrativos a los que se ordenó la suspensión de los procedimientos de ejecución contra el patrimonio del deudor, a fin de que procedan, en su caso, a su archivo definitivo. Noveno. Se declaran aprobadas las cuentas presentadas por la administración concursal. Contra este auto no cabe recurso alguno (177.1 de la LC) Lo acuerda y firma S.Sª. Doy fe. Bilbao, 14 de junio de 2017.- El Secretario Judicial.

  2. Otro acto concursal04/10/2012
    ⚖️ BILBAOProc. 688/2012Auto 21/09/2012

    Edicto. El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao (Bizkaia), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: Primero. Que en el procedimiento número 688/2012, por auto de 13/09/2012 se ha declarado en concurso voluntario al deudor "Onexit Idatec, S.L.", con NIF B95553376, con domicilio en avenida Altos Hornos de Vizcaya, número 33, edificio Ilgner. Mod. C-4. Baracaldo y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Barakaldo. Segundo. Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. Tercero. Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el "Boletín Oficial del Estado". Cuarto. Que las circunstancias personales del Administrador Concursal con la siguientes: Don Valentín Balbino Falagan Río. DNI 13.913.679-J. Dirección profesional: Ibáñez de Bilbao, 11, 1.º derecha. 48009 Bilbao. Profesión: Economista. Dirección de correo electrónico: [email protected]. Quinto: Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Bilbao, 21 de septiembre de 2012.- El Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.