Concurso de acreedores
Ondoki, S.A
CIF A48494884Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 1 — 29/12/2015 → 29/12/2015
- Procedimiento
- 923/2015
Cronología del expediente
- Otro acto concursal29/12/2015⚖️ BILBAOProc. 923/2015Auto 11/12/2015
Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: Primero.- Que en el procedimiento número 923/2015, NIG número 48.04.2-15/031127, por auto de 11/12/2015, se ha declarado en concurso voluntario al deudor Ondoki, S.A., con CIF A48494884, con domicilio en calle Bilbao, número 6, Galdakao. Segundo.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas estas a la intervención de la administración concursal. Tercero.- Que la administración concursal está integrada por doña Carmen Flores Grima, Abogado con despacho profesional a efecto de notificaciones en 48009 Bilbao, calle Henao, número 1, principal izquierda, teléfono 944.240.117, fax: 946.201.924, y dirección de correo electrónico: [email protected] que reúne los requisitos establecidos en el artículo 27.1 último inciso de la LC. Cuarto.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado. Quinto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Sexto.- Que las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal: www.publicidadconcursal.es Bilbao, 11 de diciembre de 2015.- El Letrado de la Administración de Justicia.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.