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Concurso de acreedores
ONDAPHONE SOCIEDAD LIMITADA
CIF B98730401Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 3 — 18/05/2017 → 26/04/2021
- Procedimiento
- 001193/2016
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE VALENCIA
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso26/04/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE VALENCIA Proc. 001193/2016Juez : RAQUEL ZUIL TEJEROAuto 30/10/2020
Publicar el informe de la administración concursal con el inventario de bienes y derecho. Los personados podrán impugnar el inventario y la lista de acreedores dentro del plazo de diez días a contar desde la notificación(art. 96.2 LC)
- Otro acto concursal21/10/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE VALENCIA Proc. 001193/2016Juez : YOLANDA RIOS LOPEZAuto 30/10/2020
Declarar el ÍNTEGRO CUMPLIMIENTO DEL CONVENIOaprobado en las presentes actuaciones por la concursadaGIMNAS SAMA, S.L
- Declaración de concurso18/05/2017⚖️ VALENCIAAuto 01/02/2017
Doña M.ª Isabel Boguñá Pacheco, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Valencia por el presente hago saber: Que en este Juzgado en autos de concurso de acreedores número 1193/16 se ha dictado en esta fecha por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez D. Jorge de la Rua Navarro auto de declaración de concurso de acreedores de la mercantil Ondaphone SL, con CIF B-98730401, y domicilio en Alacauás calle Coeters, n.º 8 E, Polígono Industrial "Els Mollons", habiéndose acordado la intervención de las operaciones del deudor, y habiéndose nombrado administrador concursal a D. Miguel Vergara Martínez con domicilio en c/ Salva, n.º 1, Pta 2 de Valencia y dirección de correo electrónico [email protected]. De conformidad con lo ordenado, se llama por este edicto a los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la última de las publicaciones a que se refiere el artículo 23 LC puedan comunicar sus créditos en los términos del artículo 85. Valencia, 1 de febrero de 2017.- La letrada de la Administración de justicia.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.