Concurso de acreedores
OLPIAL SA
CIF A46014262Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 4 — 11/01/2019 → 16/02/2021
- Procedimiento
- 1037/2018
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE VALENCIA · MERCANTIL - 3 · Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia
Cronología del expediente
- Otro acto concursal16/02/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE VALENCIA Proc. 1037/2018Auto 15/01/2021
Cese de Administrador concursal
- Conclusión del concurso25/01/2021⚖️ MERCANTIL - 3Proc. 1037/2018Juez : EDUARDO PASTOR MARTINEZAuto 15/01/2021
CONCLUSION CONCURSO AL CARECER LA CONCURSADA DE MASA ACTIVA HABIÉNDOSE AGOTADO LAS OPERACIONES DE LIQUIDACION
- Conclusión del concurso02/09/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE VALENCIA Proc. 1037/2018Juez : JAVIER QUINTANA ARANDAAuto 15/01/2021
CONCLUSION CONCURSO
- Declaración de concurso11/01/2019⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de ValenciaAuto 18/12/2018
Edicto D./Dña. José Víctor Sanz Gordon, Letrado/a Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, por el presente, Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 001037/2018 habiéndose dictado en fecha 3-12-18 por el Ilmo./a. Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil N.º 3 de Valencia auto de declaración de concurso voluntario de acreedores de Olpial, S.A. con CIF A46014262, decretándose la suspensión de las facultades de la mercantil, habiéndose designado como administración concursal a la entidad jurídica Account Control-Ius&Aequitas Administradores, quien ha nombrado para desempeñar el cargo de administrador concursal a D.ª María Teresa Nuñez Navarro con DNI/NIF número 03860412T en su cualidad de economista, con domicilio profesional en Pasaje Doctor Serra n.º 3, piso 10, Valencia, teléfono 963106500 y correo electrónico [email protected], expidiéndose el presente edicto a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación en el BOE, puedan comunicar los créditos en los términos del art. 85 LC. Valencia, 18 de diciembre de 2018.- El/La Letrado/a Admon. Justicia, D. José Víctor Sanz Gordon.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.