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Concurso de acreedores

OLMEDO Y MORALEJA SL

CIF B85134930Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
212/03/201407/07/2014
Procedimiento
38/2011
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de los de Madrid

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal07/07/2014
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de los de MadridAuto 24/06/2014

    D.ª M. C. Sanz Secretario del Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de los de Madrid, Hago saber: Que en el procedimiento concursal 859/13 referente al deudor OLMEDO Y MORALEJA, S.L. con CIF B-85134930 se ha presentado el informe de la Administración concursal. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias a su costa. Dentro del plazo de diez días, computado para los personados desde la notificación de la resolución, y para el resto de interesados desde la publicación de este edicto, los que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil, por medio de abogado y procurador. Y para su inserción en el BOE, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 95.2 de la Ley Concursal, expido el presente. Madrid, 24 de junio de 2014.- La Secretario judicial.

  2. Otro acto concursal12/03/2014
    ⚖️ MADRIDProc. 38/2011Auto 21/02/2014

    Edicto Doña M.C. Sanz, Secretario del Juzgado de lo Mercantil número 5 de los de Madrid, Hago saber: Que en este Juzgado de lo Mercantil número 5 de los de Madrid, se sigue concurso voluntario abreviado 859/13, en el que recayó auto de fecha 21 de febrero de 2014, en cuya parte dispositiva constan los siguientes particulares: "Se declara en concurso voluntario a la mercantil OLMEDO Y MORALEJA, S.L., con C.I.F. B-85134930." "Se acuerda la intervención de las facultades del deudor." "Los acreedores concursales en la forma establecida en el art. 85 de la Ley 38/2011, de 10 de octubre, de reforma de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, deberán poner en conocimiento del Administrador Concursal doña Aránzazu Bárcena Fernández, la existencia de sus créditos, en el plazo de un mes a contar desde la publicación de este edicto, no siendo válida la comunicación que se dirija directamente al Juzgado, pudiendo hacerse: personalmente, mediante comunicación por correo postal en la calle Antonio Acuña, n.º 11, 2.º-E de Madrid (28009), o a su dirección de correo electrónico [email protected]" Y para su inserción en el Boletín Oficial del Estado, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal, expido el presente. Madrid, 25 de febrero de 2014.- La Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.