InicioJusticiaOLIPER ALIMENTACION, SOCIEDAD LIMITADA

Concurso de acreedores

OLIPER ALIMENTACION, SOCIEDAD LIMITADA

CIF B73618167Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
316/11/201716/07/2019
Procedimiento
427/2017
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil núm.1 de Murcia · Jdo. de lo Mercantil n.º 1 de Murcia

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal16/07/2019
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm.1 de MurciaProc. 427/2017Auto 01/07/2019

    E d i c t o Doña Ana María Lacalle Espallardo, Letrada de la Administración de Justicia, del Juzgado de lo Mercantil núm.1 de Murcia, anuncia: 1.-Que en este órgano judicial se tramita Sección V de Liquidación del concurso voluntario 427/2017 de OLIPER ALIMENTACION, S.L., con CIF B-73618167, en el que se ha dictado el día 1 de julio de 2019 auto acordando la conclusión y archivo del procedimiento. 2.- El auto se fundamenta en las causas previstas en el artículo 176 de la Ley Concursal. Y para que sirva con el fin de dar la publicidad prevista en los artículos 23 y 177.3 de la Ley Concursal, se expide el presente. Doy fe. Murcia, 8 de julio de 2019.- La Letrada de la Administración de Justicia, Ana María Lacalle Espallardo.

  2. Declaración de concurso25/11/2017
    ⚖️ Jdo. de lo Mercantil n.º 1 de MurciaProc. 427/2017Auto 03/11/2017

    Edicto D.ª.ANA MARÍA LACALLE ESPALLARDO, Letrado de la Administración de Justicia de Jdo. de lo Mercantil n.º 1 de Murcia, por el presente, hago saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 427/2017 y NIG n.º 30030 47 1 2017 0000879 se ha dictado en fecha 03 de Noviembre de 2017 auto de declaración de concurso voluntario abreviado del deudor Oliper Alimentación S.L., con CIF B-73618167, cuyo domicilio social lo tiene en Avda. de Las Fuerzas Armadas, Edificio Mallorca, 1.º-D, 30800 de Lorca (Murcia), en los que se acordó su publicidad por edicto insertado en el Boletín Oficial del Estado de fecha 16 de noviembre de 2017. En dicho Edicto no consta por error los datos de la Administración Concursal nombrada, que es la siguiente: Se ha designado al Economista D. Francisco A. Menargues Garcia, con DNI 21.974.933-C, en nombre y representación de la mercantil, Asesoria Legal y Administración Concursal, S.L., con CIF n.º B-54667191, nombrado administrador concursal, con domicilio profesional en Murcia, C/ Santa Catalina, n.º 8, 3.º-D, 30004 Murcia, email: [email protected], y teléfono 966670985 y fax 966670801, datos señalados para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. Se hace constar que dicha Administración ha aceptado el cargo en fecha 10/11/2017. Murcia, 21 de noviembre de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

  3. Declaración de concurso16/11/2017
    ⚖️ Jdo. de lo mercantil n.º 1 de MurciaProc. 427/2017Auto 03/11/2017

    E D I C T O Doña Ana María Lacalle Espallardo, Letrado de la Administración de Justicia de Jdo. de lo mercantil n.º 1 de Murcia, por el presente, Hago Saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 427/2017 y NIG n.º 30030 47 1 2017 0000879 se ha dictado en fecha 3 de noviembre de 2017 auto de declaración de concurso voluntario abreviado del deudor OLIPER ALIMENTACION SL. con CIF B-73618167, cuyo domicilio social lo tiene en Avda. de Las Fuerzas Armadas, Edificio Mallorca, 1.º D, 30800 Lorca (Murcia). 2º.- Se ha acordado la de las facultades de administración y disposición que quedan suspendidas, siendo sustituidas por la Administración Concursal. Se ha designado, como administración concursal a la sociedad y dirección electrónica señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen directamente a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes desde el día siguiente de la publicación de este edicto en el «Boletín Oficial del Estado». 4º.-No se admitirán las comunicaciones de créditos que se presenten en este Juzgado, ni la Oficina de registro de la Ciudad de la Justicia. 5º La concursada ha solicitado la liquidación, habiéndose aperturado dicha fase de conformidad con lo establecido en el art. 142 de la Ley Concursal. 6º.- La dirección electrónica donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso es http://www.oficinajudicialmurcia.es/. En Murcia, 10 de noviembre de 2017.- La Letrado de la Administración de Justicia.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.