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Concurso de acreedores
OFILEGANES PP10 SL
CIF B84423995Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 15/11/2012 → 04/02/2019
- Procedimiento
- 452/2012
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 4 de Madrid
Cronología del expediente
- Apertura de liquidación04/02/2019⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 4 de MadridAuto 22/01/2019
Edicto. Doña María Jesús Rodríguez Fernández, Letrada de la Administración de Justicia de Juzgado de lo Mercantil n.º 4 de Madrid, En el procedimiento arriba indicado se dictó Auto por el que se ha declarado concluso el concurso por finalización de la fase de liquidación de " OFILEGANES PP10, S.L.", CIF B84423995, con domicilio social en la calle Pradillo, n.º 5, bajo exterior derecha, CP 28002 de Madrid. La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (artículo 177.1 Ley Concursal), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. Madrid, 22 de enero de 2019.- La Letrada de la Administración de Justicia, María Jesús Rodríguez Fernández.
- Otro acto concursal15/11/2012⚖️ MADRIDProc. 452/2012Auto 21/09/2012
Edicto. El Juzgado de lo Mercantil número 4 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: Primero.- Que en el procedimiento número 452/2012, por auto de 21 de septiembre de 2012, se ha declarado en concurso a "Ofileganes PP10, S.L.", con CIF número B-84423995, con domicilio en calle Pradillo, número 5, bajo - exterior, derecha, 28002 Madrid y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Madrid. Segundo.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. Tercero.- Que los acreedores del concursado deben poner directamente en conocimiento del administrador concursal doña Teresa Aragón Sánchez, mediante presentación personal, correo certificado o mediante correo electrónico a su despacho profesional en la calle Ortega y Gasset, número 25, 2.°, 28006 Madrid, o a las direcciones: [email protected] o también: [email protected], la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal. No será válida la presentación de los créditos ante este Juzgado. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de publicación del anuncio en el "Boletín Oficial del Estado". Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal). Madrid, 24 de octubre de 2012.- El/la Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.