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Concurso de acreedores

OEB PROJECT MANAGERS SOCIEDAD LIMITADA PROFESIONAL

CIF B95292033Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
114/07/201414/07/2014
Procedimiento
613/2014

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal14/07/2014
    ⚖️ BILBAOProc. 613/2014Auto 02/07/2014

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: Primero.- Que en el procedimiento número 613/2014, NIG número 48.04.2-14/018175, por auto de 2/7/2014 se ha declarado en concurso voluntario al deudor OEB Project Managers, S.L., con NIF B95292033, con domicilio en calle Buen Suceso, número 7, bajo derecha, Orduña (Bizkaia) y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Orduña-Bizkaia. Segundo.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas estas a la intervención de la administración concursal. Tercero.- Que la administración concursal está integrada por: La entidad Zubizarreta Procedimientos Concursales, S.L., con CIF B01493964, quien designa para dicho cargo a D. Asier Etxeita Escobal, mayor de edad, Economista, con despacho en 48011 Bilbao, calle Gran Vía, número 42, principal derecha. Teléfono 944-232-927, fax: 944-239-638 y dirección de correo electrónico: [email protected]. Cuarto.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado. Quinto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Sexto.- Que las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal: www.publicidadconcursal.es. Bilbao, 2 de julio de 2014.- El Secretario judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.