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Concurso de acreedores

OCEANIC ASSISTANCE SL EN LIQUIDACION

CIF B38806451Ver la ficha de la empresa

Pasivo 196.303 €Activo 174.461 €
Publicaciones
1318/04/201128/01/2026
Procedimiento
26/2011 · 0000026/2011
Juzgado
MERCANTIL DE SANTA CRUZ DE TENERIFE Nº 001 · JUZGADO DE LO MERCANTIL DE SANTA CRUZ DE TENERIFE 1 · Mercantil - 1

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso28/01/2026
    ⚖️ MERCANTIL DE SANTA CRUZ DE TENERIFE Nº 001Proc. 26/2011Juez : GUZMAN SAVIRÓN DIEZAuto 28/04/2025

    Se declara la CONCLUSIÓN del concurso de OCEANIC ASSITANCE S.L.U. con CIF B38806451 por finalización de la liquidación.

  2. Otro acto concursal02/06/2025
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL DE SANTA CRUZ DE TENERIFE 1Proc. 0000026/2011Auto 05/04/2011

    Nombramiento de Administrador concursal

  3. Apertura de liquidación02/06/2025
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL DE SANTA CRUZ DE TENERIFE 1Proc. 0000026/2011Auto 26/05/2016

    Auto de apertura de la fase de liquidación

  4. Otro acto concursal02/06/2025
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL DE SANTA CRUZ DE TENERIFE 1Proc. 0000026/2011Juez : Verónica Notario GonzálezAuto 05/04/2011

    edicto

  5. Apertura de liquidación02/06/2025
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL DE SANTA CRUZ DE TENERIFE 1Proc. 0000026/2011Juez : LUIS MORALES SALAZARAuto 26/05/2016

    DECLARACION CCSO Y CONCLUSIOM POR INSUF MASA

  6. Declaración de concurso02/06/2025
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL DE SANTA CRUZ DE TENERIFE 1Proc. 0000026/2011Auto 05/04/2011

    Auto de declaración de concurso

  7. Otro acto concursal18/03/2025
    ⚖️ Mercantil - 1Proc. 26/2011Auto 11/03/2024

    Informe de la Administración concursal

  8. Otro acto concursal11/03/2024
    ⚖️ Mercantil - 1Proc. 26/2011Juez : GUZMÁN ELISEO SAVIRÓN DÍEZAuto 11/03/2024

    QUINCE DIAS RENDICION DE CUENTAS ACREEDORES

  9. Otro acto concursal20/07/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL DE SANTA CRUZ DE TENERIFE 1Proc. 0000026/2011Juez : JUAN DIEGO CARRILLO PANTOJAAuto 05/04/2011

    UNION INFORME FINAL Y RENDICION CUENTAS Y TRASLADO PARTES POR QUINCE DIAS

  10. Declaración de concurso20/07/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL DE SANTA CRUZ DE TENERIFE 1Proc. 0000026/2011Juez : MARIA EUGENIA LOPEZ-JACOISTERICOAuto 05/04/2011

    INFORME DE LA ADMINISTRACION CONCURSAL SOBRE LA RENDICION FINCAL DE CUENTAS DEL CONCURSO DE FAMILIA MAYORAL MARTINEZ SLU

  11. Otro acto concursal20/07/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL DE SANTA CRUZ DE TENERIFE 1Proc. 0000026/2011Juez : EDUARDO PASTOR MARTINEZAuto 05/04/2011

    Que debo acordar y acuerdo DECLARAR EN ESTADO DE CONCURSO VOLUNTARIO a la entidad Técnicas Industriales López, S.L. y la CONCLUSIÓN DEL CONCURSO POR INSUFICIENCIA DE MASA ACTIVA con la que atender el pago de los créditos contra la masa.

  12. Declaración de concurso23/11/2011
    ⚖️ SANTA CRUZ DE TENERIFEAuto 28/10/2011

    Edicto. Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento concursal número 0000026/2011, seguido en virtud de la declaración de concurso de la entidad Oceanic Assistance, S.L.U., CIF B38806451, se ha presentado el informe de la Administración Concursal al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. Dentro del plazo de diez días, a contar desde la notificación a quienes se han personado en autos y para el resto de los interesados se computará desde la última publicación de las acordadas en el Boletín Oficial del Estado y en el Tablón de anuncios del Juzgado; los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. Para realizar dichas impugnaciones se necesita valerse de Abogado y Procurador. Santa Cruz de Tenerife, 28 de octubre de 2011.- El/La Secretario/a Judicial.

  13. Otro acto concursal18/04/2011
    ⚖️ SANTA CRUZ DE TENERIFEAuto 05/04/2011

    D/ña. Cristo Jonay Pérez Riverol, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Santa Cruz de Tenerife, Por el presente, se hace saber, que en el procedimiento concursal 0000026/2011, seguido a instancias de la Procuradora Doña Sandra Reyes González, en nombre y representación de la entidad Oceanic Assistance, S.L.U., se ha dictado Auto el día 05-04-11, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos: Se declara en concurso, que tiene carácter de voluntario abreviado a Oceanic Assistance, S.L.U., CIF B38806451 y se declara abierta la fase común del concurso. Se nombra a Don Alejandro Garcinuño Zurita, Letrado, miembro único de la administración concursal que, además de las facultades legalmente previstas, deberá prestar su autorización o conformidad a los actos de administración y disposición sobre el patrimonio del deudor realice éste, al acordarse la intervención de dichas facultades, en los términos del artículo 40 de la Ley Concursal. Llámese, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 21.5º, 84 y 85 de la Ley Concursal, a todos los acreedores de la Entidad-deudora, para que en el plazo de quince días naturales, a contar desde la única de la publicación acordada en este Auto (BOE), comuniquen a la Administración Concursal la existencia de sus créditos, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, escrito que ha de presentarse en el Juzgado Decano de este Partido Judicial y en el que se expresará obligatoriamente el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor (teléfono y fax), así como los relativos al crédito, concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda y caso de invocarse un privilegio especial, los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, datos registrales, acompañados de los originales de los documentos relativos al crédito (debidamente sellados y firmados), de la representación en su caso alegada (con escritura de poder original o copia autenticada), y una copia de todo ello, haciéndosele la advertencia, que sólo se valorarán los documentos originales justificativos de los créditos objeto de referencia en el presente escrito y que no producirán los efectos de los artículos 85 y siguientes de la Ley Concursal, ningún otro documento aportado que no cumpla con lo anteriormente referido, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 92 de la Ley Concursal y sin que por este Juzgado, se conceda plazo adicional alguno para subsanar defectos, por lo que será la Administración Concursal, la que deberá realizar su pertinente análisis, y la que asumirá que los documentos-créditos son originales y que los mismos reúnen los requisitos fijados por la Ley Concursal.- Los legitimados conforme a la Ley Concursal para personarse en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado. D./Dña. Ana Fernández Arranz, Magistrada-Juez. D./Dña. Cristo Jonay Pérez Riverol, Secretario/a Judicial.- Firmados y rubricados. Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en los artículos 21.5 y 23 de la Ley Concursal. Santa Cruz de Tenerife, 5 de abril de 2011.- El/La Secretario/a Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.