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Concurso de acreedores
OCEAN VIEW ALLIANCE, SOCIEDAD LIMITADA
CIF B76284660Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 1 — 05/10/2018 → 05/10/2018
- Procedimiento
- 326/2018
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil N.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria
Cronología del expediente
- Otro acto concursal05/10/2018⚖️ Juzgado de lo Mercantil N.º 1 de Las Palmas de Gran CanariaProc. 326/2018Auto 02/10/2018
Dña. ÁGUEDA REYES ALMEIDA, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil N.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria, HACE SABER: 1.- Que en el procedimiento concursal número 326/2018, se ha dictado en fecha 5/09/2018 auto declarando el concurso de las mercantiles OCEAN VIEW ALLIANCE, S.L. y OCEAN VIEW REAL STATE, S.L., con CIF B76284660 y B76284652, que se tramitará por las normas del procedimiento abreviado voluntario, y en el que se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición de los concursados respecto de su patrimonio. 2.- Que se ha designado como administrador concursal al economista, D. RAFAEL FRANCO MIRANDA, con NIF 42852741S quien ha aceptado el cargo en fecha 19/09/2018 y ha señalado como domicilio postal en calle Luis Doreste Silva, n.º 18 B, 3.º Izquierda, 35004, Las Palmas de G. C., teléfono 928 91 86 89, fax 928 29 29 25 y dirección electrónica [email protected] para que los acreedores, a su elección, y en la forma prevista en el art. 85 de la Ley Concursal, efectúen la comunicación de sus créditos en el plazo de UN MES a contar desde el siguiente a la publicación del presente edicto en el "Boletín Oficial del Estado". 3.- Que las publicaciones que traigan causa del concurso se publicarán el Registro Público Concursal, www.publicidadconcursal.es Las Palmas de Gran Canaria, 2 de octubre de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.