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Concurso de acreedores

OBRAS Y SERVICIOS DUIKER SL

CIF B45630084Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
413/10/201510/08/2022
Procedimiento
89/2015
Juzgado
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 1 DE TOLEDO

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal10/08/2022
    ⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 1 DE TOLEDO Proc. 89/2015Juez : JUDITH SAIZ SORIAAuto 12/05/2022

    Publicación Edicto Venta

  2. Conclusión del concurso10/08/2022
    ⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 1 DE TOLEDO Proc. 89/2015Juez : DAVID FERRANDO LÓPEZAuto 12/05/2022

    APROBAR EL PLAN DE LIQUIDACIÓN, MANDAR A LA AC INFORMES TRIMESTRALES Y APERTURA SECCIÓN SEXTA, 10 DÍAS PARA PERSONARSE EN ESTA

  3. Otro acto concursal15/07/2021
    ⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 1 DE TOLEDO Proc. 89/2015Juez : ALFREDO VILLAESCUSA GARCIAAuto 12/05/2022

    Que debo acordar y acuerdo declarar en estado de concurso voluntario a Viajes Unión 2 S.L., y la conclusión del concurso por insuficiencia de masa activa.

  4. Declaración de concurso13/10/2015
    ⚖️ TOLEDOProc. 89/2015Auto 06/10/2015

    Doña MARÍA JESÚS GRACIA GUERRERO, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil de Toledo por el presente hago saber: 1.º- Que en los autos seguidos en este Órgano judicial con el n.º 89/2015 y NIG 45168 41 1 2015 0022070, se ha dictado en fecha 02-10-2015, Auto de declaración de concurso voluntario abreviado del deudor OBRAS Y SERVICIOS DUIKER, S.L., con C.I.F. B45630084, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Toledo en su C/ Salto del caballo, 4, Local. 2.º- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que ejercerá la administración concursal. Se ha designado, como administración concursal la Abogada doña Isabel Muñoz-Perea Piñar quien ha aceptado el cargo en fecha 06/10/2015 y ha sido designada para el ejercicio de las funciones propias de la administración concursal, con domicilio postal en C/ Tornerías,14 45001 Toledo y dirección electrónica [email protected] señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3.º- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la L.C., a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación de este edicto en el "Boletín Oficial del Estado". 4.º- Se pone de manifiesto que no se admitirán comunicaciones de créditos ni otros actos de comunicación con la administración concursal a través del Juzgado. Toledo, 6 de octubre de 2015.- Letrado de la Administración de Justicia.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.