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Concurso de acreedores
OBRAS SALONAC SL
CIF B30418115Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 3 — 28/01/2014 → 13/05/2026
- Procedimiento
- 445/2013
- Juzgado
- SECCIÓN DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE MURCIA N.º 2 · Jdo. de lo Mercantil n.º 2 de Murcia
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso13/05/2026⚖️ SECCIÓN DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE MURCIA N.º 2Proc. 445/2013Juez : FRANCISCO CANO MARCOAuto 11/05/2026
Auto de conclusión concurso por finalización de la fase de liquidación
- Otro acto concursal27/03/2026⚖️ SECCIÓN DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE MURCIA N.º 2Proc. 445/2013Juez : FRANCISCO CANO MARCOAuto 21/01/2026
rendición de cuentas y boletin estadistico
- Declaración de concurso28/01/2014⚖️ Jdo. de lo Mercantil n.º 2 de MurciaAuto 17/12/2013
E D I C T O D./D.ª Ángela Quesada Martos, Secretario/a Judicial de Jdo. de lo Mercantil n.º 2 de Murcia, por el presente, hago saber: 1.º- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I Declaración Concurso 0000445 /2013 y NIG n.º 30030 47 1 2013 0000947 se ha dictado en fecha 17 de diciembre de 2013 auto de declaración de concurso voluntario del deudor Obras Salonac, S.L., con B-30418115, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle Joaquín Garrigues Walker, 14, CP 30100 de Murcia.. 2.º- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor. Se ha designado, como administración concursal al abogado D. Juan Manuel Díaz Hernández, con DNI 27.466.816-D, con domicilio en Avenida Teniente Montesinos, 10, 9.º C, CP 30100 Murcia. Teléfono 968236771 y fax 968247621 y dirección electrónica señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos [email protected] 3.º- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 4.º- En lo sucesivo las resoluciones que conforme a la Ley Concursal deban publicarse se harán en la siguiente página web oficinajudicialmurcia.es Murcia, 10 de enero de 2014.- La Secretaria Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.