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Concurso de acreedores
Nuria Gómez Ojeda, co
CIF N78089729Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 1 — 05/11/2020 → 05/11/2020
- Procedimiento
- 307/2020
Cronología del expediente
- Declaración de concurso05/11/2020⚖️ LLEIDAProc. 307/2020Auto 16/09/2020
EDICTO Antoni Josep Casas Capdevila, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Lleida (Mercantil) al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial, Hago saber: Número de asunto. Concurso Consecutivo 307/2020 Sección: e. NIG: 2512047120208015793. Fecha del auto de declaración. 16 de septiembre de 2020. Clase de concurso. Consecutivo. Entidad concursada. Nuria Gómez Ojeda, con 78089729Z. Administradores concursales. Se ha designado como Administrador concursal a CASTAN LIÑAN PIÑOL, S.C.P., quien designa a JAUME LIÑAN CARRERA. Dirección postal: Calle Gaspar Portola, 1 1º (25600) Balaguer. Dirección electrónica: [email protected] Régimen de facultades del concursado. suspendidas. Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la Administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el artículo 255 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un MES a contar desde la publicación. La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Edificio Canyeret 3 - 5, planta 3ª. Lleida. Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Abogado (artículo 512 LC). La personación se debe realizar en esta Oficina judicial. Dirección electrónica del Registro Publico concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https//www.publicidadconcursal.es Lleida, 28 de octubre de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, Antoni Josep Casas Capdevila.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.