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Concurso de acreedores

NUEVA VISION COMERCIAL NAVARRA SL

CIF B31973423Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
119/10/201619/10/2016
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pamplona/Iruña

Cronología del expediente

  1. Declaración de concurso19/10/2016
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pamplona/IruñaAuto 19/09/2016

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pamplona/Iruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1°.- Que en el Concurso Abreviado número 0000337/2016, NIG 3120147120160000311, por auto de 19 de septiembre de 2016 se ha declarado en concurso voluntario -abreviado- al deudor NUEVA VISIÓN COMERCIAL NAVARRA, S.L., con CIF n.º B31973423, y domicilio en Pamplona, calle Emilio Arrieta, 11bis, cuyo centro de principales intereses lo tiene en Pamplona. 2°.- Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal. 3°.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado en este Edicto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos en la dirección electrónica que consta en este edicto. La comunicación deberá realizarse en la forma prevista en el artículo 85.3 de la LC. La Administración concursal está integrada por D.ª ESTHER ANDRÉS GARCÍA, en su condición de Letrada, con domicilio postal en 31002 Pamplona, Avda. Carlos III, 11, 3.° izqda, teléfono 948226787, y correo electrónico: [email protected] El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la publicación en el Boletín Oficial del Estado del auto de declaración del concurso. 4°.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). 5º.-Que en la misma resolución se ha acordado la apertura de la fase de liquidación. Pamplona/Iruña, 28 de septiembre de 2016.- El/La Letrado de la Administración de Justicia.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.