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Concurso de acreedores

NUEVA CARAVACA SL

CIF B82290743Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
420/10/201415/04/2024
Procedimiento
83/2014
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MADRID · Mercantil - 2

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal15/04/2024
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MADRID Proc. 83/2014Juez : HERIBERTO JIMENO ALVAREZAuto 15/03/2024

    EDICTO OFERTAS MEJORADAS

  2. Conclusión del concurso15/04/2024
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MADRID Proc. 83/2014Juez : CRISTINA MARTINEZ GARCIAAuto 15/03/2024

    Formar la Sección Sexta de Calificación del concurso, poniéndose en conocimiento de que cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en el plazo de diez días desde la publicación de este edicto.

  3. Conclusión del concurso22/03/2024
    ⚖️ Mercantil - 2Proc. 83/2014Juez : ANDRES SANCHEZ MAGROAuto 15/03/2024

    AUTO CONCLUSION

  4. Otro acto concursal20/10/2014
    ⚖️ MADRIDProc. 83/2014Auto 18/09/2014

    El Juzgado de lo Mercantil número 2 de los de Madrid, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 23 de la L.C., Anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 83/2014, por auto de fecha 8/9/2014, se ha declarado en concurso Voluntario-Ordinario al deudor Nueva Caravaca, S.L., con CIF n.º: B-82290743. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración Concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la presente publicación. Lugar para tal comunicación: A) Por presentación o remisión a la dirección de la Administración Concursal designada: Don Luis Pérez Gil, C/ Génova, n.º 3, 2.ª pta. Telfno: 917 02 17 09. Fax:917 02 23 83. B) También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. Dirección de correo electrónico: [email protected] Para el caso de que algún crédito fuera presentado en el Juzgado se tendrá por no comunicado. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC). Madrid, 18 de septiembre de 2014.- Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.