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Concurso de acreedores

NUESTROPERRO SL

CIF B86123676Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
503/02/202002/02/2024
Procedimiento
2126/2019
Juzgado
Mercantil - 6 · Juzgado de lo Mercantil nº 6 de Madrid

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso02/02/2024
    ⚖️ Mercantil - 6Proc. 2126/2019Juez : FRANCISCO JAVIER VAQUER MARTINAuto 02/02/2024

    Conclusión del concurso de Nuestroperro, S.L.

  2. Otro acto concursal29/04/2022
    ⚖️ MERCANTIL - 6Proc. 2126/2019Juez : FRANCISCO JAVIER VAQUER MARTÍNAuto 27/04/2022

    Auto de aprobación del plan de liquidación y apertura de la liquidación

  3. Convenio de acreedores02/10/2020
    ⚖️ MERCANTIL - 6Proc. 2126/2019Juez : FRANCISCO JAVIER VAQUER MARTÍNAuto 30/09/2020

    DECRETAR LA TRAMITACIÓN ESCRITA DEL CONVENIO DE NUESTROPERRO S.L. En el plazo máximo de DOS MESES desde la fecha del presente podrán presentarse adhesiones o votos en contra a la propuesta de convenio ADHESIONES según artículo 351 y ss

  4. Otro acto concursal01/07/2020
    ⚖️ MERCANTIL - 6Proc. 2126/2019Juez : FRANCISCO JAVIER VAQUER MARTÍNAuto 25/06/2020

    iNFORME ART 75 LC

  5. Conclusión del concurso03/02/2020
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 6 de MadridProc. 2126/2019Auto 02/12/2019

    EDICTO Doña María Jesús Palmero Sandín, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 6 de Madrid, HACE SABER: 1.- Que en fecha 2 de diciembre de 2019 se dictó Auto en el Concurso Abreviado 2126/2019 por el que se declara el concurso de NUESTROPERRO, S.L., con CIF B-86123676 y domicilio en calle Joaquín Sorolla nº 3 de Madrid, acordando simultáneamente a lo anterior la conclusión del concurso por inexistencia de bienes. 2.- Que por Auto de fecha 20 de enero de 2020 se acuerda reponer el de fecha 2 de diciembre de 2019, en el sentido de dejar sin efecto la conclusión y ordenar la tramitación del concurso, acordando la designación de una Administración concursal. 3.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 4.- Que el deudor ha sido intervenido en las facultades de administración y disposición de su patrimonio por la Administración concursal. 5.- La identidad de la Administración concursal es don José Remigio Cano-Coloma Abad con domicilio sito en plaza Bandas de Música nº 5 semisótano 7 46013 de Valencia, y correo electrónico: [email protected] 6.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. Madrid, 29 de enero de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, María Jesús Palmero Sandín.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.