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Concurso de acreedores
NPG TECHNOLOGY SA
CIF A83138289Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 05/01/2016 → 05/09/2024
- Procedimiento
- 856/2015
- Juzgado
- Mercantil - 4 · Juzgado de lo Mercantil nº 4 de Madrid
Cronología del expediente
- Otro acto concursal05/09/2024⚖️ Mercantil - 4Proc. 856/2015Juez : OLGA AHEDO PEÑAAuto 31/07/2024
Según resolución que se adjunta
- Otro acto concursal05/01/2016⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 4 de MadridProc. 856/2015Auto 01/12/2015
El Juzgado de lo Mercantil nº 4 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1º.- Que en el procedimiento numero 856/2015, por auto de 09/11/2015 se ha declarado en concurso al deudor NPG Technology, S.A. con CIF A-83138289, con domicilio en Torrejón de Ardoz (Madrid), calle Ecuador, 14, Poligono Industrial las Monjas, lugar que coincide con su centro principal de intereses. 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal D. IKER FILLOY NIEVA mediante presentación personal, correo certificado a su despacho profesional en calle Juan Bravo, 20. 1º dcha., 28006 de Madrid o a la dirección de correo electrónico [email protected], la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el articulo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes, a contar de la ultima publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. En la dirección electrónica del registro Público Concursal www.publicidadconcursal.es se publicaran las resoluciones que traigan causa del concurso. 4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 1 de diciembre de 2015.- El/La Letrado de la Administración de Justicia.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.