Concurso de acreedores
NOVOVENT, S.L
CIF B58506007Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 3 — 04/12/2018 → 12/06/2023
- Procedimiento
- 922/2018
- Juzgado
- MERCANTIL - 10 · MERCANTIL - 12 · Juzgado de lo Mercantil n.º 10 de Barcelona
- Administración concursal
- Advecon Law & Economics, S.L.P.
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso12/06/2023⚖️ MERCANTIL - 10Proc. 922/2018Juez : Ignacio Fernández de SenespledaAuto 08/06/2023
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- Otro acto concursal21/04/2023⚖️ MERCANTIL - 12Proc. 922/2018Juez : Francesc Xavier Rafi RoigAuto 20/04/2023
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- Declaración de concurso04/12/2018⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 10 de BarcelonaProc. 922/2018Auto 03/09/2018
Don Francesc Xavier Rafi Roig, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 10 de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial, Hago saber: Número de asunto. Concurso abreviado 922/2018. Sección: / NIG: 0801947120188002746. Fecha del auto de declaración. 3 de septiembre de 2018. Clase de concurso. Voluntario. Entidad concursada. Novovent, S.L., con CIF B58506007 y con domicilio en Calle C/ Josep Finestres, 9, 08030 - Barcelona. Administradores concursales. Se ha designado como administrador concursal: Advecon Law & Economics, S.L.P., quien designa a Francesc Poch Madrid de profesión Abogado y Economista. Dirección posatl: c/ Mallorca, 277, 6.º, 3.ª, de Barcelona. Dirección electrónica: [email protected] Régimen de facultades del concursado. Intervenidas. Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la Administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 85 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un MES a contar desde la publicación. La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Avenida Gran Via de les Corts Catalanes, 111, (Edifici C) - Barcelona. Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Abogado (art. 184.3 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles. Barcelona, 4 de septiembre de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia, Francesc Xavier Rafi Roig.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.