Concurso de acreedores
NOVASTIGI SL
CIF B91557942Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 4 — 17/10/2016 → 10/11/2020
- Procedimiento
- 1/2020 · 740/2016
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Sevilla · JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE SEVILLA · Juzgado de lo Mercantil 1 de Sevilla
Cronología del expediente
- Otro acto concursal10/11/2020⚖️ SEVILLAProc. 1/2020Auto 03/11/2020
El Juzgado Mercantil 1 de conformidad con el art. 35 del TRLC 1/2020 de 5 de mayo, anuncia: La reapertura del concurso 740/16-H de la entidad NOVASTIGI, S.L., CIF B-91557942, a los solos efectos de la realización del pago, conforme a lo ya aprobado en el concurso en su momento, a los acreedores que correspondan, de la cantidades obtenidas: 14.139,58 euros y 22.772,73 euros. Sevilla, 3 de noviembre de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Juana Gálvez Muñoz.
- Conclusión del concurso10/10/2019⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 1 de SevillaAuto 07/10/2019
El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Sevilla, de acuerdo con el art. 23 de la Ley Concursal, Anuncia: La conclusión del concurso de NOVASTIGI, S.L., CIF B-91557942, llevado en este juzgado con el número 740/16-H. Se declara la extinción de la sociedad concursada. Se aprueba la rendición de cuentas formulada por la Administración Concursal. Sevilla, 7 de octubre de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Juana Gálvez Muñoz.
- Otro acto concursal29/07/2019⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE SEVILLA Proc. 740/2016Juez : MARIA JESUS RODRIGUEZ FERNANDEZAuto 22/09/2016
Abrir fase de liquidación del concurso
- Otro acto concursal17/10/2016⚖️ Juzgado de lo Mercantil 1 de SevillaAuto 03/10/2016
Juzgado de lo Mercantil 1 de Sevilla en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley concursal anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 740/16-H, con NIG: 4109142M20160001160 por auto de 22/09/16 se ha declarado en concurso voluntario al deudor NOVASTIGI, S.L., CIF B-91557942, con domicilio en Sevilla. 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3º.- Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art 85 de la L.C. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido don Francisco Arroyo Sánchez, con despacho en calle San Fernando, 27, de Sevilla, teléfono 955 11 55 55 y correo electrónico [email protected] El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Sevilla, 3 de octubre de 2016.- La letrada de la Administración de Justicia.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.