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Concurso de acreedores

NOVAGRUP PROPERTY DEVELOPMENT SL EN LIQUIDACION

CIF B82219999Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
723/12/201512/11/2025
Procedimiento
228/17 · 228/2017 · 1/2009
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 9 DE MADRID · Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Madrid Procedimiento: Comunicación art

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal12/11/2025
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 9 DE MADRID Proc. 228/17Auto 17/04/2017

    Nombramiento de Administrador concursal

  2. Apertura de liquidación12/11/2025
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 9 DE MADRID Proc. 228/17Auto 17/04/2017

    Auto de apertura de la fase de liquidación

  3. Otro acto concursal12/11/2025
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 9 DE MADRID Proc. 228/17Auto 17/04/2017

    Resolución sobre las facultades de administración

  4. Otro acto concursal27/09/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 9 DE MADRID Proc. 228/17Juez : ADELA MORENO BLANCOAuto 17/04/2025

    CONCLUSION DE CONCURSO

  5. Declaración de concurso27/09/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 9 DE MADRID Proc. 228/17Juez : EDUARDO PASTOR MARTÍNEZAuto 17/04/2017

    Auto declaración de concurso voluntario de acreedores

  6. Apertura de liquidación22/04/2017
    ⚖️ MADRIDProc. 228/2017Auto 19/04/2017

    EL Juzgado mercantil n.º 9 de Madrid en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23.1 de la Ley Concursal, hace saber: 1.- Que en el concurso Concurso ordinario 228/2017, con número de identificación general del procedimiento 28.079.00.2-2017/0035244, por auto de fecha 17/04/17, se ha declarado en concurso voluntario ordinario, a: Novagrup Property Development, S.L., con CIF B-82219999, y domicilio en Madrid, Camino de la Zarzuela, 15. Proyectos, Dirección y Control de Obras, S.L. (en liquidación), con CIF B-82106808, y domicilio en Madrid, Camino de la Zarzuela 15. Activos Inmobiliarios Pinar, S.L. (en liquidación), con CIF B-40156499, y domicilio en Madrid, Camino de la Zarzuela, 15. PINARGES, S.L. (en liquidación), con CIF B-82691023, y domicilio en Madrid, Camino de la Zarzuela, 15. Pinar del Sureste, S.L. (en liquidación), con CIF B-83942961, y domicilio en Madrid, Camino de la Zarzuela, 15. Gestión y Transformación de Suelo, S.L. (en liquidación), con CIF B-83754671, y domicilio en Madrid, Camino de la Zarzuela, 15. Gestora del Suelo de Levante, S.L. (en liquidación), con CIF B-83815035, y domicilio en Madrid, Camino de la Zarzuela, 15. Pinar Habitat, S.L. (en liquidación), con CIF B-82691064, y domicilio en Madrid, Camino de la Zarzuela, 15. 2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 3.- Que el deudor queda suspendido en sus facultades de administración y disposición de su patrimonio, sustituido por la Administración concursal. 4.- La identidad de la Administración concursal es EVALUA ABOGADOS Y ECONOMISTAS, S.L.P., con domicilio en la calle Castelló, n.º 82, 6.º izda., Madrid 28006, teléfono 963530127 y fax 963940738 y correo electrónico [email protected] y dirección electrónica, ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones. 5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es 7.- Que se ha procedido a la apertura de la fase de Liquidación del concurso en los términos previstos en el artículo 191 ter de la LC. Madrid, 19 de abril de 2017.- Letrada de la Administración de Justicia.

  7. Otro acto concursal23/12/2015
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Madrid Procedimiento: Comunicación artProc. 1/2009Auto 27/10/2014

    Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Madrid Procedimiento: Comunicación art. 5 bis Ley Concursal 671/15. Edicto En este Juzgado se siguen autos de procedimiento comunicación art. 5 bis y Disposición Adicional 4 Ley Concursal entre GRUPO EMPRESARIAL PINAR, S.L., CIF n.º B82219999 y con domicilio social en Camino de la Zarzuela, n.º 15, y en cuyos autos se ha dictado resolución con siguiente parte dispositiva: Parte Dispositiva Acuerdo: 1.- Otorgar la homologación judicial del acuerdo de refinanciación de fecha 27 de octubre de 2014, en póliza intervenida ante el Notario D. ANTONIO LUIS REINA GUTIÉRREZ con el n.º 2487, solicitada por la Procuradora doña BEATRIZ GONZÁLEZ RIVERO, en nombre y representación del deudor GRUPO EMPRESARIAL PINAR, S.L. 2.- Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial del Estado y en el Registro Público Concursal. 3.- Esta resolución podrá ser impugnada por los acreedores de pasivos financieros afectados por la homologación judicial que no hubieran suscrito el acuerdo de homologación o que hubiesen mostrado su disconformidad al mismo. Los motivos de la impugnación se limitarán exclusivamente a la concurrencia de los porcentajes exigidos en esta disposición y a la valoración del carácter desproporcionado del sacrificio exigido. 4.- Mantener los acreedores de pasivos financieros que no hubieran suscrito el acuerdo de homologación o que hubiesen mostrado su disconformidad al mismo pero resultasen afectados por la homologación, sus derechos frente a los obligados solidariamente con el deudor y frente a sus fiadores o avalistas, quienes no podrán invocar ni la aprobación del acuerdo de refinanciación ni los efectos de la homologación en perjuicio de aquellos. 5.- No podrá solicitarse otra homologación por el deudor en el plazo de un año. 6.- Decretar la cancelación de los embargos que se hubiesen practicado en los procedimientos de ejecución de deudas afectadas por el acuerdo de refinanciación. Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días, ante este Juzgado, expresando la infracción en que la resolución hubiera incurrido a juicio del recurrente (artículos 451 y siguientes de la L.E.Civil), previa la constitución de un depósito de 25 euros, en la cuenta 4345-0000-00-0671-15 de esta Oficina Judicial de la cuenta general de Depósitos y Consignaciones abierta en Banco de Santander. Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando el campo beneficiario Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Madrid, y en el campo observaciones o concepto se consignarán los siguientes dígitos 4345-0000-00-0671-15. No se admitirán a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido (L.O. 1/2009 Disposición Adicional 15) Así lo acuerdo y firmo; de lo que doy fe. Y para que sirva de anuncio para publicación en BOE del GRUPO EMPRESARIAL PINAR, S.L., expido y firmo la presente. Madrid, 9 de diciembre de 2015.- Letrado de la Administración de Justicia.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.