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Concurso de acreedores
NOVA AUSTRALIS CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS SL
CIF B65482440Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 3 — 01/10/2013 → 25/11/2020
- Procedimiento
- 426/2013
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 5 DE BARCELONA
Cronología del expediente
- Otro acto concursal25/11/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 5 DE BARCELONAProc. 426/2013Juez : JORGE DE LA RUA NAVARROAuto 20/05/2021
ESTIMO parcialmente la demanda de calificación, actuando como demandantes de calificación culpable la ADMINISTRACION CONCURSAL y el Ministerio Fiscal contra la mercantil concursada Creative Clothing, S.L. y como personas afectadas por la calificaci
- Conclusión del concurso25/11/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 5 DE BARCELONAProc. 426/2013Juez : ANTONI JOSEP CASAS CAPDEVILAAuto 20/05/2021
AUTO DECLARACION Y CONCLUSION CONCURSO
- Declaración de concurso01/10/2013⚖️ BARCELONAProc. 426/2013Auto 31/07/2013
Edicto dando publicidad a la declaración de concurso Don Francisco Velasco García-Plata, Secretario del Juzgado Mercantil número 5 de Barcelona, dicto el presente edicto: Juzgado: Mercantil número 5 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, n.º 111, Edificio C, 12.ª planta. Número de asunto: Concurso voluntario 426/2013 4. Tipo de concurso: Voluntario. Entidad instante del concurso y NIF: "Nova Australis Construcciones y Servicios, S.L.", B65482440. Fecha del auto de declaración: 31 de julio de 2013. Administradores concursales: Don Pedro Lucas Robles Garrido, con NIF 04109749V, domiciliada en c/ Balmes, 436, entlo. A, como Economista, con correo electrónico [email protected] Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimientos, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este Juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse. Barcelona a, 6 de septiembre de 2013.- El Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.