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Concurso de acreedores

NOGEBUS SOCIEDAD LIMITADA

CIF B55168439Ver la ficha de la empresa

Activo 6.517.106 €
Publicaciones
822/11/202230/01/2025
Procedimiento
1039/2022
Juzgado
Mercantil - 1 · JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE GIRONA

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso30/01/2025
    ⚖️ Mercantil - 1Proc. 1039/2022Juez : Axel Casadevall PortasAuto 10/12/2024

    Declaro concluso el procedimiento concursal de NOGEBUS, S.L. y el archivo de las actuaciones.

  2. Apertura de liquidación08/06/2023
    ⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 1039/2022Juez : Santiago Aragonés SeijçoAuto 05/06/2023

    Declaro finalitzada la fase de convenio y acuerdo abrir la fase de liquidación

  3. Otro acto concursal08/06/2023
    ⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 1039/2022Juez : Santiago Aragonés SeijóAuto 05/06/2023

    Se aprueban las regles especiales de liquidación propuestas por la administración concursal

  4. Otro acto concursal07/06/2023
    ⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 1039/2022Juez : Santiago Aragonés SeijóAuto 07/06/2023

    Informe textos definitives Admiistrador Concursal

  5. Otro acto concursal13/04/2023
    ⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 1039/2022Juez : Santiago Aragonés SeijoAuto 29/03/2023

    Auto cierra la fase común y abre la sección de calificación.

  6. Convenio de acreedores13/04/2023
    ⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 1039/2022Juez : Santiago Aragonés SeijoAuto 29/03/2023

    Auto admisión a trámite la apropuesta de convenio.

  7. Otro acto concursal12/01/2023
    ⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 1039/2022Juez : Santiago Aragonés SeijoAuto 12/01/2023

    Plazo para impugnar informe provisional

  8. Otro acto concursal22/11/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE GIRONAProc. 1039/2022Juez : DANIEL GIL PALENCIAAuto 31/10/2022

    Hago saber que en este juzgado se tramitan los autos de concurso 000255/2021, en el que, de conformidad a lo establecido el art. 294 y a298 del TRLC ponen a disposición del informe de la administración concursal a disposición de los interesados.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.