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Concurso de acreedores

NIZA RED SL

CIF B86374881Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
104/07/202004/07/2020
Procedimiento
565/2020
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 13 de Madrid

Cronología del expediente

  1. Declaración de concurso04/07/2020
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 13 de MadridProc. 565/2020Auto 30/06/2020

    Edicto Juzgado de lo Mercantil n.º 13 de Madrid, Hace saber: Que en el concurso Concurso Abreviado 565/2020, con Número de Identificación General del procedimiento NIG: 28.079.00.2-2020/0032356, por auto de fecha 29/06/2019, se procede a DECLARAR EN ESTADO DE CONCURSO VOLUNTARIO a la sociedad NIZA RED, S.L., con CIF B86374881, con domicilio social en la calle Batalla del Toronga, 5, 2803 (Madrid), y la CONCLUSIÓN DEL CONCURSO POR INSUFICIENCIA DE MASA ACTIVA con la que atender el pago de los créditos contra la masa. 1. Acuerdo la extinción de la personalidad jurídica de la citada sociedad cooperativa, con la consiguiente cancelación de su hoja registral. 2. Publíquese esta resolución, por medio de edictos de inserción gratuita y con el contenido establecido en el artículo 23 de la LC, en el Boletín Oficial del Estado de forma gratuita, en los estrados de este Juzgado y en la web concursal. Comuníquese al Juzgado Decano de Madrid. 3. Expídase por el Sr. Letrado de la Administración de Justicia, mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Madrid, al que se adjuntará testimonio de esta resolución, para que proceda a la inscripción de la declaración del concurso y de la conclusión. Asimismo deberá proceder al cierre de la hoja de inscripción de la concursada en el Registro. 4. Hágase entrega al Procurador solicitante de los despachos acordados expedir para que cuide de su curso y gestión, concediéndosele un plazo de diez días para que acredite la publicación de los edictos y la presentación de los mandamientos. La autenticidad de este documento se puede comprobar en www.madrid.org/cove mediante el siguiente código seguro de verificación: 0964290543331648619106 Juzgado de lo Mercantil n.º 13 de Madrid - Concurso Abreviado 565/2020 2 de 2, 5. Fórmese, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley, la Sección 1.ª del concurso, que se encabezará con la solicitud del deudor. 6. Notifíquese esta resolución al deudor. Madrid, 30 de junio de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Isabel Carro Rodríguez.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.