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Concurso de acreedores
NIGROMANCER SL
CIF B97317895Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 27/12/2010 → 15/12/2011
- Procedimiento
- 869/2010
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil num. 1 de Valencia
Cronología del expediente
- Convenio de acreedores15/12/2011⚖️ Juzgado de lo Mercantil num. 1 de ValenciaProc. 869/2010Auto 10/01/2012
Dña. Cristina María Valero Domech, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil num. 1 de Valencia, Por el presente hago saber: Que en este Juzgado en autos de Concurso de Acreedores Núm. 869/2010 relativos a la mercantil Nigromancer, S.L., con domicilio en Xativa (Valencia), C/ Arquitecto Cuenca, núm. 12, y C.I.F. número B-97317895, se ha dictado en el seno de su Seccion quinta resolución de esta fecha acordándose para que tenga lugar la pertinente Junta de Acreedores el próximo día 10 de enero de 2012, a las diez horas, en la Sala de Audiencias de este Juzgado. Los acreedores podrán adherirse a la propuesta de convenio en los términos del artículo 115-3 LC. Deberán comparecer con los documentos originales que acrediten su identidad y la representación en que intervengan, en su caso, que se hace saber para general conocimiento y a los efectos del artículo 111-2 en relación con el artículo 23 LC. Valencia, 10 de noviembre de 2011.- La Secretario Judicial.
- Declaración de concurso27/12/2010⚖️ VALENCIAAuto 03/12/2010
Doña Amparo Prieto Trenco, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. uno de Valencia, Por el presente hago saber: Que en este Juzgado en autos de Concurso de Acreedores núm. 869/10 se ha dictado en esta fecha auto de declaración de concurso voluntario de acreedores de la mercantil Nigromancer, S.L., con CIF B-97317895, y domicilio en Calle Xativa (Valencia), C/ Arquitecto Cuencia, núm. 12, habiéndose acordado la intervención de las operaciones del deudor y habiéndose nombrado administrador concursal. Se llama a los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación de este edicto en el BOE puedan comunicar sus créditos en los términos del artículo 85. Valencia, 3 de diciembre de 2010.- El Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.