Concurso de acreedores
NIEVESTEC SL
CIF B45849668Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 10/02/2020 → 27/09/2021
- Procedimiento
- 833/2019
- Juzgado
- PRIMERA INSTANCIA/INSTRUCCIÓN/MERCANTIL - 1
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso27/09/2021⚖️ PRIMERA INSTANCIA/INSTRUCCIÓN/MERCANTIL - 1Proc. 833/2019Juez : ANA GONZALEZ CRRILAuto 26/10/2020
PUBLICACION DE EDICTO Y AUTO DE CONCLUSION
- Declaración de concurso10/02/2020⚖️ TOLEDOProc. 833/2019Auto 03/02/2020
Dª. María Isabel Collado Cordero, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 y de lo Mercantil de Toledo, por el presente, hago saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº 833/2019 y NIG nº 45168 41 1 2019 0008685, se ha dictado en fecha 3 de febrero de 2020 Auto de declaración de concurso voluntario abreviado y apertura de la fase de liquidación del deudor Nievestec SL Unipersonal, con C.I.F. B45849668, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Mora (Toledo), Calle Santiago nº 21. 2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de Administración y disposición que ejercerá la administración concursal. Se ha designado, como Administración concursal a la Abogada Dª. Carmen Izquierdo Pérez, con D.N.I. núm. 13.052.829-F, Colegiada núm. 96049, del Iltre. Colegio de Abogados de Madrid, con domicilio postal en la Calle General Villalba nº 2 bis, de Toledo, y dirección electrónica [email protected], señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3º.- Se ha acordado abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor, declarándose disuelta la mercantil Nievestec SL Unipersonal. 4º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 5º.- Se pone de manifestó que no se admitirán comunicaciones de créditos ni otros actos de comunicación con la Administración Concursal a través del Juzgado. Toledo, 4 de febrero de 2020.- La Letrado de la Administración de Justicia, María Isabel Collado Cordero.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.