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Concurso de acreedores
NEOELECTRA ENERGIA SL
CIF B25512641Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 8 — 24/11/2022 → 15/07/2026
- Procedimiento
- 1613/2025
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 11 DE BARCELONA
Cronología del expediente
- Otro acto concursal15/07/2026⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 11 DE BARCELONAProc. 1613/2025Auto 19/12/2025
Nombramiento de Administrador concursal
- Otro acto concursal15/07/2026⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 11 DE BARCELONAProc. 1613/2025Juez : JOSÉ MARÍA FERNÁNDEZ SEIJOAuto 19/12/2025
Se declara concurso
- Declaración de concurso15/07/2026⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 11 DE BARCELONAProc. 1613/2025Juez : JOSÉ MARÍA FERNÁNDEZ SEIJOAuto 19/12/2025
Se declara concurso
- Otro acto concursal14/07/2026⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 11 DE BARCELONAProc. 1613/2025Juez : Eduardo Enrech LarreaAuto 15/06/2026
Los acreedores que representen al menos el cinco por ciento del pasivo en el concurso de Nivard Boldú Pujol con DNI 47678842A pueden en el plazo de quince días solicitar el nombramiento de un administrador concursal.
- Apertura de liquidación14/07/2026⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 11 DE BARCELONAProc. 1613/2025Auto 15/06/2026
Auto de apertura de la fase de liquidación
- Otro acto concursal09/07/2026⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 11 DE BARCELONAProc. 1613/2025Juez : CRISTINA MAESTRE FUENTESAuto 19/12/2025
Juan Diego Carrillo Pantoja , el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 08 de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso
- Otro acto concursal09/07/2026⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 11 DE BARCELONAProc. 1613/2025Auto 19/12/2025
Nombramiento de Administrador concursal
- Declaración de concurso24/11/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 11 DE BARCELONAProc. 1613/2025Juez : ANA MARIA GONZALEZ OLALLAAuto 19/12/2025
DECLARAR CONCURSO VOLUTNARIO A RELOJOYA S.L., SUSPENDER LAS FACULTADES DE ADMINISTRACIÓN Y NOMBRAR ADMINISTRADOR CONCURSAL
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.