Inicio›Justicia›NECOR SERVICIOS INMOBILIARIOS SA
Concurso de acreedores
NECOR SERVICIOS INMOBILIARIOS SA
CIF A33822560Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 6 — 05/12/2012 → 01/10/2024
- Procedimiento
- 255/2012
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 3 DE GIJON 3 · Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Gijón
Cronología del expediente
- Otro acto concursal01/10/2024⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 3 DE GIJON 3Proc. 255/2012Juez : AMPARO SALOM LUCASAuto 20/05/2019
Por la AC se ha rendido el informe del artículo 290 TRLC con sus anexos inventario de bienes y lista de acreedores. Plazo impugnación 10 días, a contar para los legitimados no personados desde la última publicación
- Conclusión del concurso01/10/2024⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 3 DE GIJON 3Proc. 255/2012Auto 17/05/2016
Auto de conclusión de concurso
- Otro acto concursal10/05/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 3 DE GIJON 3Proc. 255/2012Juez : CARLOS MARTINEZ DE MARIGORTA MENENDEZAuto 17/05/2016
APROBACION PLAN LIQUIDACION
- Declaración de concurso31/05/2019⚖️ GIJÓNProc. 255/2012Auto 20/05/2019
D. Miguel Ángel Álvarez Turanzas, Letrado de la administración de justicia y del Juzgado de Mercantil numero Tres con sede en Gijón, por el presente, anuncio: Que en el concurso 255/2012, seguido ante este órgano judicial a instancia de Necor Servicios Inmobiliarios, Sociedad Anónima Laboral, con CIF A33822560, por auto de 20 de mayo de 2019, se ha acordado lo siguiente: Declarar la conclusión del concurso 255/2012, en el que figuraba como concursada Necor Servicios Inmobiliarios, Sociedad Anónima Laboral, por conclusión de la liquidación, al comprobarse la inexistencia de bienes y derechos del concursado, ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores concursales. Gijón, 20 de mayo de 2019.- Letrado de la Administracion de Justicia, Miguel Ángel Álvarez Turanzas.
- Convenio de acreedores24/04/2014⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de GijónAuto 08/04/2014
Don Miguel Ángel Álvarez Turanzas, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Gijón, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal anuncia: Que en el concurso voluntario abreviado número 255/12, seguido a instancias de Necor Servicios Inmobiliarios S.A. CIF. nº A-33822560, con domicilio en C/ Marqués de San Esteban n.º 46 5.º oficina 4 Gijón se ha dictado Sentencia por el Magistrado del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Gijón, don Francisco José Pañeda Usunáriz, en fecha 8/4/14, aprobando la propuesta de convenio presentada por el concursado, en la que se acuerda: 1.º Se aprueban con los efectos previstos en la Ley, la propuesta de convenio presentada por el concursado Necor Servicios Inmobiliarios, S.A. que fue aceptada por la Junta de Acreedores celebrada el día 10-3-14. 2.º Se acuerda el cese de los efectos de la declaración del concurso sobre las facultades de administración y disposición del deudor, así como de los efectos que tal declaración produce en los contratos en los que es parte la entidad declarada en concurso y sobre los acreedores de la concursada, si bien respecto de estos últimos teniendo en cuenta la vinculación que sobre los mismos produce el convenio aprobado para aquellos a quienes legalmente afecte. 3.º Se acuerda el cese de la Administración concursal en sus funciones de intervención de las facultades de administración y disposición de la entidad concursada, continuando en su cargo a los efectos previstos en el capítulo II del título VI. 4.º Se concede a la Administración concursal el plazo de un mes a contar desde la notificación de esta resolución para que proceda a la rendición de cuentas de su gestión. 5.º Requiérase a la entidad concursada, a fin de que, con periodicidad semestral, a partir de la fecha de esta resolución, informe a este Juzgado del cumplimiento del convenio. 6.º Se acuerda la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo. 7.º Dentro de los diez días siguientes a la publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en BOE, y fijarlo en el tablón de anuncios de la oficina judicial, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable. Gijón, 8 de abril de 2014.- El Secretario Judicial.
- Declaración de concurso05/12/2012⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de GijónProc. 255/2012Auto 16/11/2012
Don Miguel Ángel Álvarez Turanzas, Secretario Judicial de Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Gijón, por el presente, hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I declaración concurso 255/2012 y NIG 33024 47 1 2012 0000231. se ha dictado en fecha 16-11-12 auto de declaración de concurso voluntario del deudor "Necor Servicios Inmobiliarios, S.A.L.", con CIF A-33822560, cuyo centro de intereses principales lo tiene en c/ Marqués de San Esteban, n.º 46, 5.º, oficina 4, Gijón. 2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que ejercerá la Administración concursal. Se ha designado, como administración concursal a Irene Astariz González, con domicilio postal en c/ López Ocaña, n,º 5, Esc. Dcha., 5.º E, Avilés, C.P. 33400 y dirección electrónica señalada [email protected] para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el "Boletín Oficial del Estado". Gijón, 16 de noviembre de 2012.- El Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.