Inicio›Justicia›NAVARD EMPRESA CONSTRUCTORA SL
Concurso de acreedores
NAVARD EMPRESA CONSTRUCTORA SL
CIF B80836059Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 3 — 22/06/2011 → 10/05/2014
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de los de Madrid · Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de Madrid
Cronología del expediente
- Otro acto concursal10/05/2014⚖️ MADRIDAuto 14/04/2014
Edicto. Doña M.C. Sanz Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 5 de Madrid, Hago saber: Que en este Juzgado de lo Mercantil número 5 de los de Madrid, se sigue Concurso Voluntario n.º 238/11, C.I.F. B-80836059, en el que recayó Auto de fecha 12/04/13, en cuya parte dispositiva constan los siguientes particulares: - Que debo aprobar y apruebo la rendición de cuentas final presentada por la Administración Concursal en el concurso de Navard Empresa Constructora, S.L., y en consecuencia acuerdo la conclusión del presente procedimiento. - Se acuerda el cese de los miembros de la Administración Concursal. Y para su inserción en el Boletín Oficial del Estado, expido el presente. Madrid, 14 de abril de 2014.- Secretaria Judicial.
- Apertura de liquidación06/02/2012⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de los de MadridAuto 19/01/2012
Doña M. C. Sanz, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de los de Madrid, Hago saber: Que en este Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de los de Madrid, se sigue Concurso Voluntario Abreviado 238/11, a instancias de la entidad Navard Empresa Constructora, S.L., con CIF B80836059, en el que recayó Auto de fecha 19 de enero de 2012, en cuya parte dispositiva constan los siguientes particulares: "se declara finalizada la fase común del presente procedimiento concursal" "se acuerda la apertura de la fase de liquidación" "se declara la disolución de la sociedad, cesando en sus funciones los administradores, que serán sustituidos por la Administración concursal" "Fórmese la sección sexta de calificación del concurso" "Se concede el término de 10 días, a contar desde la última publicación que se efectúe de esta resolución, para que cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo pueda personarse en la sección alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable" Y para su inserción en el Boletín Oficial del Estado, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 144 de la Ley Concursal, expido el presente. Madrid, 19 de enero de 2012.- Secretaria judicial.
- Otro acto concursal22/06/2011⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de MadridAuto 06/06/2011
Edicto Doña M. C. Sanz, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de Madrid, Hago saber: Que en este Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de los de Madrid, se sigue Concurso Voluntario Abreviado 238/11, en el que recayó Auto de fecha 6 de junio de 2011, en cuya parte dispositiva constan los siguientes particulares: "Se declara en Concurso Voluntario a Navard Empresa Constructora, S.L., con CIF n.º B-80836059" "Se acuerda la intervención de las facultades del deudor" "Los acreedores concursales deberán poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos, en el plazo de quince días a contar desde la publicación" Madrid, 9 de junio de 2011.- Secretaria Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.