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Concurso de acreedores
NAHORE COSMETICS SL EN LIQUIDACION
CIF B53059853Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 1 — 25/01/2017 → 25/01/2017
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Alicante
Cronología del expediente
- Otro acto concursal25/01/2017⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de AlicanteAuto 20/12/2016
D.ª Cristina Cifo González, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Alicante, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, hago saber: Primero.-Que por Auto de fecha 20 de diciembre de 2016 en el procedimiento con número de autos 756/16-r y N.IG.03014-66-1-2016-0001657 se ha declarado en concurso voluntario ordinario al deudor Nahore Cosmetics, S.L. con CIF B-53059853, con domicilio en la calle Los Juncos, n.º 7, de San Vicente del Raspeig (Alicante). Segundo.-Que el deudor conserva sus facultades de administración y disposición pero sometidas a la intervención de la administración concursal. Tercero.-Que ha sido nombrado administrador concursal a la mercantil POLO DE MEDINA PROCEDIMIENTOS CONCURSALES, con CIF B-73789653, con domicilio profesional en la calle Polo de Medina, n.º 21, 3.ª Planta, 3004 Murcia, a través de su representante legal José María Moreno Garcia, con DNI 22468212H, en calidad de economista, para que le represente en el ejercicio del cargo. Como cuenta de correo electrónico: [email protected] y domicilio en la localidad donde tiene su sede el Juzgado, Plaza Calvo Sotelo, n.º 13, 2.º Izquierda, 03001 Alicante, Teléfono 968 22 19 22 y fax 968 219 131, para que los acreedores efectúen a su elección la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal. Cuarto.-Que los acreedores del concursado deberán poner en conocimiento de la administración concursal en las direcciones indicadas la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la publicación del presente en el "Boletín Oficial del Estado". Alicante, 11 de enero de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.