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Concurso de acreedores

MUNDI MARCA SL

CIF B96618038Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
126/10/201326/10/2013
Procedimiento
307/2013
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia

Cronología del expediente

  1. Declaración de concurso26/10/2013
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de ValenciaProc. 307/2013Auto 02/10/2013

    Doña Cristina María Valero Domenech, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, por el presente, Hago saber: Que este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 307/2013, habiéndose dictado, en fecha 2 de octubre de 2013, por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, auto de declaración de concurso y conclusión del mismo cuya parte dispositiva dice: Se declara en estado de Concurso Voluntario a la mercantil Mudi Marca, S.L., con domicilio en Alzira (Valencia), calle Carcos, n.º 2, y C.I.F. número B-96618038, inscrita en el Registro Mercantil de Valencia, al tomo 5717, libro 3024, folio 60, hoja V-52734. Asimismo, se Declara la Conclusión del Concurso por Insuficiencia de la Masa Activa. "Se declara la disolución de la sociedad y el cierre o cancelación de la hoja registral. Procédase a la publicidad de esta declaración de concurso, expidiéndose al efecto los oportunos edictos que se insertarán, gratuitamente, en el BOE y en el tablón de anuncios de este Juzgado. A cuyos efectos se entregarán al Procurador de los Tribunales de la concursada, para su curso y gestión, de conformidad con los artículos 23 y 24 de la Ley Concursal. Póngase en conocimiento de dicho Procurador que, en plazo de diez días a contar desde la publicación de la presente resolución, deberá presentar en la Secretaría de este Juzgado, acreditación de haber presentado en el BOE los oportunos edictos. Expídase por la Sra. Secretario Judicial, mandamiento por duplicado ejemplar, al Registro Mercantil de la Provincia de Valencia a fin de que se verifique la oportuna anotación registral de la declaración de concurso y de la conclusión, así como de la disolución de la sociedad. Debiéndose proceder al cierre de la hoja de inscripción de la concursada en el Registro." Valencia, 2 de octubre de 2013.- La Secretaria Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.