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Concurso de acreedores

MULTIHUMANES SL

CIF B85837474Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
403/02/202021/07/2020
Procedimiento
138/2020
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 6 DE MADRID · Juzgado de lo Mercantil nº 6 de Madrid

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal21/07/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 6 DE MADRID Proc. 138/2020Juez : NURIA ALONSO MALFAZAuto 24/01/2020

    PUBLICACIÓN AUTO CONCLUSIÓN CONCURSO

  2. Otro acto concursal21/07/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 6 DE MADRID Proc. 138/2020Auto 24/01/2020

    Resolución sobre las facultades de administración

  3. Conclusión del concurso21/07/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 6 DE MADRID Proc. 138/2020Auto 24/01/2020

    Auto de conclusión de concurso

  4. Declaración de concurso03/02/2020
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 6 de MadridProc. 138/2020Auto 24/01/2020

    EDICTO Juzgado de lo Mercantil nº 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), ANUNCIA 1º.- Que en el procedimiento número 138/2020, por Auto dictado en fecha 24 de enero de 2020, se ha declarado en concurso voluntario a la mercantil Multihumanes, S.L., con CIF: B85837474. 2º.- Que la mercantil Multihumanes, S.L., conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio. 3º.- Se acuerda, simultáneamente a lo anterior, la conclusión del concurso por la causa 3ª del apartado 1º del art. 176.bis L.Co. 4º.- Se acuerda el cese de todas las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor que pudieran derivarse de la presente declaración de concurso; sin que haya lugar al cese de administrador concursal al no haber sido designado. 5º.- Se declara la subsistencia de la responsabilidad de la concursada respecto al pago de los créditos restantes; pudiendo los acreedores iniciar acciones declarativas y ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso; 6º.- Se acuerda la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad concursada. Madrid, 29 de enero de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, María Jesús Palmero Sandín.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.