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Concurso de acreedores
MULTIHUMANES SL
CIF B85837474Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 4 — 03/02/2020 → 21/07/2020
- Procedimiento
- 138/2020
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 6 DE MADRID · Juzgado de lo Mercantil nº 6 de Madrid
Cronología del expediente
- Otro acto concursal21/07/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 6 DE MADRID Proc. 138/2020Juez : NURIA ALONSO MALFAZAuto 24/01/2020
PUBLICACIÓN AUTO CONCLUSIÓN CONCURSO
- Otro acto concursal21/07/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 6 DE MADRID Proc. 138/2020Auto 24/01/2020
Resolución sobre las facultades de administración
- Conclusión del concurso21/07/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 6 DE MADRID Proc. 138/2020Auto 24/01/2020
Auto de conclusión de concurso
- Declaración de concurso03/02/2020⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 6 de MadridProc. 138/2020Auto 24/01/2020
EDICTO Juzgado de lo Mercantil nº 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), ANUNCIA 1º.- Que en el procedimiento número 138/2020, por Auto dictado en fecha 24 de enero de 2020, se ha declarado en concurso voluntario a la mercantil Multihumanes, S.L., con CIF: B85837474. 2º.- Que la mercantil Multihumanes, S.L., conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio. 3º.- Se acuerda, simultáneamente a lo anterior, la conclusión del concurso por la causa 3ª del apartado 1º del art. 176.bis L.Co. 4º.- Se acuerda el cese de todas las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor que pudieran derivarse de la presente declaración de concurso; sin que haya lugar al cese de administrador concursal al no haber sido designado. 5º.- Se declara la subsistencia de la responsabilidad de la concursada respecto al pago de los créditos restantes; pudiendo los acreedores iniciar acciones declarativas y ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso; 6º.- Se acuerda la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad concursada. Madrid, 29 de enero de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, María Jesús Palmero Sandín.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.