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Concurso de acreedores
MUEBLES ORTOLA SL
CIF B03991726Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 4 — 13/07/2016 → 13/03/2019
- Procedimiento
- 389/2016
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE ALICANTE · Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Alicante
Cronología del expediente
- Otro acto concursal13/03/2019⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE ALICANTE Proc. 389/2016Auto 11/12/2018
Cese de las limitaciones de las facultades de administración
- Otro acto concursal13/03/2019⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE ALICANTE Proc. 389/2016Juez : Miguel Angel Navarro RoblesAuto 11/12/2018
Ver resolución en anexo
- Conclusión del concurso13/03/2019⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE ALICANTE Proc. 389/2016Juez : Miguel Angel Navarro RoblesAuto 11/12/2018
Ver resolución en anexo
- Otro acto concursal13/07/2016⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de AlicanteAuto 20/06/2016
Doña Cristina Cifo González, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Alicante, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, hago saber: Primero.- Que por Auto de fecha 20 de junio de 2016 en el procedimiento con número de autos 389/16 I y NIG 03014-66-2-2016-0000838 se ha declarado en concurso al deudor MUEBLES ORTOLA, S.L., con CIF n.º B03991726. Segundo.-Que el deudor conserva sus facultades de administración y disposición pero sometidas a la intervención de la administración concursal. Tercero.-Que ha sido nombrado administrador concursal D. José Luis Mojica Marhuenda, Abogado, con cuenta de correo electrónico [email protected], domicilio en calle Alemania, 27, 1.º, Alicante, con horarios de atención a tales efectos 9 a 14 horas, Telf. 965166603 y fax 965121022 Cuarto.-Que los acreedores del concursado deberán poner en conocimiento de la administración concursal en las direcciones indicadas la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la publicación del presenta en el "Boletín Oficial del Estado". Alicante, 1 de julio de 2016.- Letrado de la Administración de Justicia.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.