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Concurso de acreedores

Muebles Claudio, S.L

CIF B09047531Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
220/02/201418/02/2021
Procedimiento
470/2013
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Burgos

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal18/02/2021
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 1 de BurgosProc. 470/2013Auto 02/02/2021

    Doña Cristina Rubio Domingo, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Burgos, por el presente, Hago saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial como concurso abreviado 470/2013 y nig 09059 42 1 2013 0009475, se ha dictado en fecha 2 de febrero de 2021 auto declarando la conclusión y archivo del concurso voluntario de acreedores de la mercantil deudora Muebles Claudio, S.L., con cif B-09047531 y domicilio en Burgos, calle Vitoria, 29 – 1º. 2º.- Igualmente se ha acordado dar curso a la extinción de la entidad y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que correspondan, tal y como previene el artículo 482 de la Ley Concursal. Burgos, 11 de febrero de 2021.- La Letrada de la Administración de Justicia, Cristina Rubio Domingo.

  2. Declaración de concurso20/02/2014
    ⚖️ BURGOSProc. 470/2013Auto 09/01/2014

    Don Fernando Méndez Jiménez, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º uno (anterior 1.ª Instancia 4) de Burgos, por el presente, hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 470/2013 y NIG 09059 42 1 2013 0009475, se ha dictado en fecha 09 de enero de 2014 auto de declaración de concurso voluntario de la mercantil Muebles Claudio, S.L., con CIF B09047531 y domicilio social en Burgos, C/ Vitoria, n.º 29, 1.º 2.º Se ha acordado que las facultades de administración y disposición quedan intervenidas por la administración concursal. Se ha designado como administración concursal al letrado don Víctor Manuel Andrés Martínez, con domicilio postal en calle Vitoria, n.º 59, 3.º A (09004 Burgos) y dirección electrónica [email protected], señaladas para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. Burgos, 24 de enero de 2014.- El Secretario judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.