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Concurso de acreedores
Muebles Ansan, S.L
CIF B46116182Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 27/09/2010 → 28/02/2013
- Procedimiento
- 01/2013
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia
Cronología del expediente
- Otro acto concursal28/02/2013⚖️ VALENCIAProc. 01/2013Auto 21/02/2013
Edicto Doña Sofía Parrilla Galdón, Secretario Judicial de Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, por el presente, hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso de acreedores núm. 000603/2010, habiéndose dictado en fecha 24/01/2013 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, auto firme de conclusión de concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor: "Sedecreta la conclusión de concurso abreviado tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 000603/2010, promovido por el Procurador Sr/a. Soler Monforte, Mercedes, en nombre y representación de la mercantil Muebles Ansan, S.L., y el archivo de las presentes actuaciones sin más trámite por no existir ni bienes ni derechos del concursado ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores actuaciones. Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor. Se acuerda que el deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare un nuevo concurso. Se acuerda disponer el cese del administrador concursal don José Antonio Ramos Lafuente, con DNI n.º 19837763X, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal. Se acuerda declarar la extinción de la mercantil Muebles Ansan, S.L., con CIF B-46116182, procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177 de la LC) y tiene carácter de firme. Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 05/11/2012. Notifíquese la presente resolución a la administración concursal, al concursado y a los acreedores personados en forma en el procedimiento, haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177.1 LC)." Valencia, 21 de febrero de 2013.- La Secretaria Judicial.
- Declaración de concurso27/09/2010⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de ValenciaAuto 09/09/2010
Doña María José Navarro Melchor, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, por el presente, Hgo saber: Que en este Juzgado se tramitan los autos de Concurso de Acreedores num. 000603/2010, habiéndose dicatado en fecha 9 de septiembre de 2010 por el Ilmo/a. Sr/a Magistrado Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, auto de declaración de concurso voluntario de acreedores de Muebles Ansan, S.L., con CIF. B46116182, decretándose la intervención de las facultades de la mercantil, habiéndose designado admisnitracior concursal a don José Antonio Ramos la Fuente, con NIF número 19837763, Abogado, con despacho profesional en Valencia, Grabador Esteve, nº 4-3º-7, expidiéndose el presente edicto a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación en el BOE, puedan comunicar los créditos en los términos del art. 85. Valencia, 9 de septiembre de 2010.-
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.