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Concurso de acreedores
MOVIMIENTOS DE MATERIALES SOLIDOS SL
CIF B12718086Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 4 — 25/03/2010 → 28/04/2022
- Procedimiento
- 000509/2009
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CASTELLO DE LA PLANA · Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Castellón
Cronología del expediente
- Otro acto concursal28/04/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CASTELLO DE LA PLANA Proc. 000509/2009Juez : CARLOS CEBALLOS NORTEAuto 30/03/2022
ACUERDO: ACUERDO: 1º) La CONCLUSION del concurso de DOÑA MARTHA LUCILA TERÁN RAMÍREZ cesando todos los efectos de la declaración del concurso.
- Otro acto concursal28/04/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CASTELLO DE LA PLANA Proc. 000509/2009Juez : FRANCISCO JAVIER PABLO PABLOAuto 30/03/2022
Declaración de concurso con puesta a disposición del informe y el plan de liquidación presentados
- Conclusión del concurso28/04/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CASTELLO DE LA PLANA Proc. 000509/2009Juez : MARTA GARCIA GONZALEZAuto 30/03/2022
INFORME AC
- Otro acto concursal25/03/2010⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de CastellónAuto 25/02/2010
Doña Cristina Cifo González, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, Hago saber: Primero.- Que por auto de fecha de hoy en el Procedimiento n.º 509/09-V, se ha declarado en concurso voluntario/abreviado a la mercantil Movimientos de Materiales Sólidos, S.L., con domicilio en calle Manuel Azaña n.º 3 de Castellón (Castellón) y C.I.F. número B-12718086. Segundo.- Que dicho deudor conserva sus facultades de administración y disposición, pero sometidas a la intervención de la administración concursal. Tercero.- Que los acreedores del concursado deberan poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de quince días a contar de la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado. Castellón, 25 de febrero de 2010.- La Secretaria Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.