Concurso de acreedores
MOSERE SL
CIF B80474018Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 22/10/2011 → 09/03/2021
- Procedimiento
- 174/2011
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Madrid · Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Madrid
Cronología del expediente
- Otro acto concursal09/03/2021⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de MadridProc. 174/2011Auto 04/03/2021
Edicto Doña Adela Moreno Blanco Letrada del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1.º Que en el procedimiento Concurso Abreviado 174/2011 por auto de fecha 24/02/2021 se ha decretado la conclusión y archivo del concurso por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa. 176 bis 2 y 3.de la mercantil MOSERE, S.L., con CIF B80474018. 2.º Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación en su caso. 3.º Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el art 178.3, (art. 485 TRLC) declarar su extinción. Madrid, 4 de marzo de 2021.- Letrada de la Administración de Justicia, Adela Moreno Blanco.
- Otro acto concursal22/10/2011⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de MadridAuto 27/09/2011
Edicto Dña. Cristina Pousa Blasco, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1º.- Que en el Concurso Voluntario Abreviado número 174/11, por auto de 27 de septiembre de 2011 se ha declarado en concurso de acreedores a la mercantil Mosere, S.L., CIF. B80474018, cuyo centro de sus principales intereses lo tiene en Madrid. 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar desde la publicación del anuncio que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado, de forma gratuita. 4º.- Que los acreedores e interesados que deseen personarse en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 27 de septiembre de 2011.- La Secretaria Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.