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Concurso de acreedores

MORILLO RUIZ TESSILE SL

CIF B83615633Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
226/01/201020/03/2013
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Madrid

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal20/03/2013
    ⚖️ MADRIDAuto 05/03/2013

    Don Enrique Calvo Vergara, Secretario del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1.º Que en el procedimiento n.º 1008/09 por auto de fecha 04/03/13 se declaró en concurso voluntario al deudor Morillo Ruiz Tessile, S.L., con. CIF B-83615633. 2.º Que con fecha 04/03/13 se ha dictado resolución por la que se acuerda: - La conclusión del presente procedimiento concursal por inexistencia de bienes o derechos propiedad de la concursada, ni de terceros responsables para hacer satisfacer a los acreedores, ni de la viabilidad de acciones de reintegración. - El cese del administrador concursal único doña Francisca Rodríguez Bustos. Se aprueba la rendición de cuentas presentada por ella. - Se declara la extinción de la entidad Morillo Ruiz Tessile, S.L. - Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso. Madrid, 5 de marzo de 2013.- Secretario Judicial.

  2. Otro acto concursal26/01/2010
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de MadridAuto 15/01/2010

    Don Enrique Calvo Vergara, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Madrid, anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 1008/09, referente al deudor Morillo Ruiz Tessile SL, se ha dictado auto de fecha 13/01/10 por el que se declara en concurso Voluntario al deudor antes citado con Cif: B 83615633 con domicilio en C/ Camilo José Cela 22 de Las Rozas de Madrid y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Madrid. 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de 15 días a contar desde la presente publicación. Madrid, 15 de enero de 2010.- El Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.