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Concurso de acreedores
MORAL CAYUELA SA
CIF A09013947Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 08/06/2010 → 08/11/2016
- Procedimiento
- 548/2010
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Burgos
Cronología del expediente
- Otro acto concursal08/11/2016⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de BurgosProc. 548/2010Auto 18/09/2015
Don Javier Ortega Martínez, Secretario del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Burgos, por el presente: Hago saber: 1.º- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 548/2010 y NIG 09059 42 1 2003 0300471, se ha dictado en fecha 18 de septiembre de 2015 Auto declarando la conclusión y archivo de la deudora Moral Cayuela, S.A., con CIF A-09013947 y domicilio social en Burgos, Ctra. de Logroño, 106. 2.º- Igualmente se ha acordado dar curso a la extinción de la entidad y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que correspondan, tal y como previene el artículo 178.3 de la Ley Concursal. Burgos, 22 de septiembre de 2015.- El Secretario Judicial.
- Otro acto concursal08/06/2010⚖️ BURGOSProc. 548/2010Auto 27/04/2010
Edicto El Juzgado de 1ª Instancia nº 3 de Burgos, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1º Que en el procedimiento concursal número 548/2010, por Auto de 27 de abril de 2010 se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor Moral Cayuela, S.A., con domicilio en C/ Ctra. Logroño 106-09007 Burgos, C.I.F. A-09013947, y cuyo centro de principales intereses lo tiene un Burgos. 2º Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal, formada por: Don José Mª Arnaiz García, don Javier Gallo Palacios y don Jesús Verdes Lezana. 3º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC: El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar de la última publlicación del anuncio, que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado, con carácter gratuito, dada la insuficiencia de bienes del concursado y de la masa activa 4º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC) Burgos, 27 de abril de 2010.- El Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.