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Concurso de acreedores
MOOBY FRANQUICIAS TECNOLOGICAS SL
CIF B73828295Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 3 — 30/06/2018 → 17/02/2020
- Procedimiento
- 151/2018
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Murcia · MERCANTIL - 2
Cronología del expediente
- Declaración de concurso17/02/2020⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de MurciaAuto 12/02/2020
EDICTO Doña Ana Isabel González Peinado, Letrada de la Administración de Justicia, del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Murcia, Anuncia Que en lal Sección Quinta de Liquidación del procedimiento de concurso 0000151/2018, referente al concursado Mooby Franquicias Tecnológicas, S.L., con CIF número B73828295, por auto de fecha 12 de febrero de 2020, se ha acordado lo siguiente: "Debo declarar y declaro finalizada la fase de liquidación y la conclusión y archivo del concurso de acreedores de Mooby Franquicias Tecnológicas, S.L. Una vez firme esta resolución expídanse los despachos establecidos en el artículo 177.3 de la Ley Concursal. Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición, quedando el deudor responsable del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar o continuar ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertura del concurso. Se declara aprobada la rendición de cuentas del Administrador Concursal -artículo 181.3- y el cese de su actuación. Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno, de conformidad con el artículo 177.1 Ley Concursal. Lo acuerda y firma Javier Quintana Aranda, Magistrado-Juez de Refuerzo del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Murcia, doy fe." En Murcia, 12 de febrero de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, Ana Isabel González Peinado.
- Conclusión del concurso13/02/2020⚖️ MERCANTIL - 2Proc. 151/2018Juez : JAVIER QUINTANA ARANDAAuto 12/02/2020
Debo declarar y declaro finalizada la fase de liquidación y la conclusión y archivo del concurso de acreedores de Mooby Franquicias Tecnológicas S.L.
- Declaración de concurso30/06/2018⚖️ MURCIAAuto 26/06/2018
Edicto Doña Ana Isabel González Peinado, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Murcia, por el presente, Hago saber: 1.º Que en Sección I Declaración Concurso 0000151 /2018, N.I.G. número 30030 47 1 2018 0000290, seguido en este órgano judicial se ha dictado en fecha 26 de junio de 2018 autos de declaración de concurso y apertura de la fase de liquidación de mercantil "Mooby Franquicias Tecnológicas S.L.", con C.I.F. número B-73828295, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle Platería, número 35, 3º D, Murcia. 2.º Se ha acordado la suspensión de las facultades de Administración y disposición del deudor. 3.º El llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, será de un mes desde la publicación del presente. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la Administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. 4.º La identidad de la Administración concursal es la siguiente: Avante Gestión Concursal S.L.P., habiendo aceptado el cargo en nombre de dicha sociedad el economista Juan Serrano Torres. La dirección postal de la Administración concursal es la siguiente: Nuestra Señora de los Buenos Libros, 7 C.P. 30008 Murcia. La dirección electrónica de la Administración concursal es la siguiente: [email protected] 5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Abogado/a (artículo 184.3 LC). 6.º Los acreedores pueden realizar alegaciones al plan de liquidación presentado por el deudor en el plazo de diez días. 7.º La dirección electrónica donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso es en el Registro Público Concursal: https://www.publicidadconcursal.es/concursal-web/ Murcia, 27 de junio de 2018.- La Letrado de la Administración de Justicia.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.