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Concurso de acreedores

MONTCAR 99 SL

CIF B62023031Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
116/07/201416/07/2014
Procedimiento
271/2014
Administración concursal
D

Cronología del expediente

  1. Declaración de concurso16/07/2014
    ⚖️ BARCELONAProc. 271/2014Auto 09/05/2014

    Edicto dando publicidad a la declaración de concurso Francisco Velasco García-Plata Secretario del Juzgado Mercantil número 5 de Barcelona, dicto el presente edicto: Juzgado: Mercantil número 5 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes n.º 11 Edificio C, 12.ª planta. Número de asunto: Concurso voluntario 271/2014-8. Tipo de concurso: Abreviado. Entidad instante del concurso y NIF: MONTCAR 99, S.L., con NIF B62023031. Fecha del auto de declaración: 8-5-2014. Administradores Concursales: D. Belén Cañellas García, con NIF 05222764-Q domiciliada en Barcelona en la C/ Pi i Margall, n.º 22, esc. izquierda, entlo. 4.ª, como economista, con correo electrónico [email protected]. Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Régimen de las facultades de la concursada: Intervenidas. Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónico. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimientos, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes y derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este Juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse. Barcelona, 9 de mayo de 2014.- El Secretario judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.