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Concurso de acreedores

MONREAL Y MERCADER SOCIEDAD LIMITADA

CIF B50652536Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
318/03/200909/06/2015
Procedimiento
859/2008
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Zaragoza

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso09/06/2015
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de ZaragozaAuto 27/05/2015

    Doña Carmen Montaner Zueras, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Zaragoza, hago saber: Primero. Que en el procedimiento concursal número 859/08-C se ha dictado el 27 de mayo de 2015 Auto de conclusión por insuficiencia de masa activa del deudor "Monreal y Mercader, S.L.", CIF B50652536. Segundo. En dicho Auto, se ha acordado la conclusión del concurso y el archivo de las actuaciones, el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, se ha aprobado la rendición de cuentas presentada por la Administración Concursal y se ha acordado el cierre de la hoja de inscripción en el Registro Mercantil. Tercero. Dirección del Registro Público Concursal donde se insertarán las resoluciones objeto de publicidad: https://www.publicidadconcursal.es/concursal-web/ Cuarto. Contra el Auto de conclusión no cabe recurso. Zaragoza, 27 de mayo de 2015.- La Secretaria judicial.

  2. Apertura de liquidación19/03/2012
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de ZaragozaProc. 859/2008Auto 08/03/2012

    El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Zaragoza, anuncia: Que en el procedimiento concursal número 859/2008-C, referente al concursado MONREAL Y MERCADER, S.L., con C.I.F. B-50652536, con domicilio social en Zaragoza, c/ George Stephenson, n.º 44, por auto de fecha 08/03/2012, se ha acordado lo siguiente: 1. Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor. 2. Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio. 3. Se ha declarado disuelta la mercantil MONREAL Y MERCADER, S.L., cesando en su función sus administradores, que serán sustituídos por la administración concursal. 4. Formar la sección sexta de calificación del concurso, en la que podrán personsarse como parte cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, dentro de los diez días siguientes a la publicación de este edicto en el B.O.E., para alegar por escrito cuando considere relevante para la calificación del concurso como culpable. Zaragoza, 8 de marzo de 2012.- El/la Secretario Judicial.

  3. Otro acto concursal18/03/2009
    ⚖️ ZARAGOZA.Proc. 859/2008Auto 23/12/2008

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Zaragoza, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: Primero.- Que en el procedimiento número 859/2008, por auto de 23 de diciembre de 2008, se ha declarado en concurso voluntario al deudor Monreal y Mercader Sociedad Limitada, con CIF B-50652536, con domicilio social en Zaragoza, Calle George Stephenson, número 44, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en dicho domicilio. Segundo.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. Tercero.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el diario El Periódico de Aragón. Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 de la Ley Concursal). Zaragoza, 23 de diciembre de 2008.- La Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.