Inicio›Justicia›MONITOR & CD COMPUTER SL
Concurso de acreedores
MONITOR & CD COMPUTER SL
CIF B54370713Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 6 — 26/01/2013 → 17/12/2021
- Procedimiento
- 252/2012
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE ALICANTE · MERCANTIL - 2 · Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante
Cronología del expediente
- Otro acto concursal17/12/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE ALICANTE Proc. 252/2012Auto 15/11/2021
Cese de Administrador concursal
- Conclusión del concurso17/12/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE ALICANTE Proc. 252/2012Juez : GUSTAVO ANDRES MARTIN MARTINAuto 15/11/2021
Auto de conclusión de concurso
- Conclusión del concurso22/11/2021⚖️ MERCANTIL - 2Proc. 252/2012Juez : GUSTAVO ANDRÉS MARTÍN MARTÍNAuto 15/11/2021
Dispongo La conclusión del presente procedimiento concursal por insuficiencia de masa activa. Se declara aprobada la rendición de cuentas final del administrador. Se declara la extinción de la entidad mercantil MONITOR & CD COMPUTER, S.L.
- Otro acto concursal18/10/2020⚖️ MERCANTIL - 2Proc. 252/2012Juez : LEANDRO BLANCO GARCÍA-LOMASAuto 10/09/2020
Con ESTIMACIÓN ÍNTEGRA de la solicitud de la declaración de calificación culpable formulada por la Administración Concursal ...: DEBO DECLARAR Y DECLARO CULPABLE el concurso de la entidad Monitor & CD Computer, S.L. ...
- Declaración de concurso27/05/2014⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de AlicanteAuto 13/05/2014
Edicto. Doña Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante, por el presente, hago saber: Que en el procedimiento Concurso Abreviado - 000252/2012-R, sobre declaración de concurso necesario de la mercantil Monitor & CD Computer, S.L., con domicilio en calle Mármol, n.º 8, nave L (Polígono Industrial La de La Vallonga de Alicante), y CIF B54370713, se ha presentado por la Administración concursal el Informe preceptuado en el art. 74 LC, y se ha dictado Providencia de fecha 13-5-14, que contiene, entre otros, los siguientes pronunciamientos: Frente al inventario y lista de acreedores los interesados podrán formular impugnaciones en forma de demanda (art. 192 LC y 399 LEC), presentada en Decanato, con identificación del proceso concursal al que se refieren y en el plazo de 10 días, que empezará a contar respecto de las partes personadas desde la notificación de esta resolución y para los demás interesados desde la última publicación del edicto. Y para que sirva de publicación en el BOE, expido el presente en Alicante, 13 de mayo de 2014.- La Secretaria Judicial.
- Otro acto concursal26/01/2013⚖️ ALICANTEAuto 10/01/2013
Edicto Doña Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante, Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan los autos de Concurso Abreviado - 000252/2012-R en los que se ha dictado el 10-01-13, Auto declarando en estado de concurso necesario a Monitor & CD Computer, S.L., con domicilio en Calle Mármol, n.º 8, nave L (Polígono Industrial de la Vallonga de Alicante), C.I.F. número B54370713, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante al Tomo 3339, del Libro de sociedades, Folio 157, hoja A-115057. Facultades: Se decreta la intervención de las facultades de administración de la mercantil concursada. Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la entidad concursada deberán poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación en el B.O.E Identidad de la Admon. Concursal: Doña Josefa Machuca Torres, en su cualidad de Abogada, con D.N.I. n.º 21.990.289-N y domicilio en la calle Doctor Jiménez Díaz, 22 03202-Elche Alicante, teléfono 965421335, fax 965424544, correo electrónico [email protected]. Examen de los autos: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador y los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse. Alicante, 10 de enero de 2013.- La Secretaria Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.