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Concurso de acreedores
MON BLAU PISCINAS SL
CIF B62132733Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 08/03/2012 → 10/04/2013
- Procedimiento
- 856/2011
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona
Cronología del expediente
- Declaración de concurso10/04/2013⚖️ BARCELONAProc. 856/2011Auto 27/02/2013
Doña Natalia Ramos Lain, Secretaria del Juzgado Mercantil nº 3 de Barcelona dicto, de conformidad con el artículo 21 y 23 de la Ley Concursal, el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de archivo del concurso dictado por este Juzgado: Número de asunto.- Concurso voluntario 856/2011 Sección C1 Entidad concursada.- Mon Blau Piscinas, S.L., con CIF nº B62132733. Fecha del auto de declaración.- 7-02-2012. Fecha del auto de archivo.- 26-02-2013 Cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Dispongo: la aprobación de la rendición de cuentas y El archivo del procedimiento concursal por falta de activos realizables. Ordenando librar los mandamientos al Registro Mercantil indicando la conclusión del concurso y la disolución y extinción de la sociedad, así como el cierre de la hoja de inscripción en los registros públicos correspondientes. Barcelona, 27 de febrero de 2013.- La Secretaria Judicial.
- Declaración de concurso08/03/2012⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de BarcelonaProc. 856/2011Auto 07/02/2012
Doña Natalia Ramos Lain, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona, Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 856/2011, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad MON BLAU PISCINAS, S.L., y ordenando darle publicidad con los siguientes datos: Número de asunto.- Concurso voluntario 856/2011 Sección C1 NIG del procedimiento.- 5224/2011 Entidad Concursada.- MON BLAU PISCINAS, S.L., con CIF nº B62132733 y domicilio sito en C. San Isidro 3, de Les Franqueses del Vallès (Barcelona). Tipo de Concurso.- Voluntario Fecha del Auto de Declaración.- 7 de febrero de 2012 Administrador/es Concursal/es.- D. Gonzalo Abril Galán, en representación de la sociedad Acte Consultors S.L.P.U., con correo electrónico [email protected], teléfono 93/363-01-44 y domicilio sito en C. Nicaragua 48, 1º4º de Barcelona. Facultades del Concursado: Intervenidas Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 LC.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración Concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de UN MES a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse. Barcelona, 14 de febrero de 2012.- La Secretaria Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.